RESOLUCION 30 de 2018
Por la cual se adopta el manual de funciones y competencias laborales para la Autoridad Nacional de Televisión.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 30
- Año
- 2018
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Autoridad Nacional de Televisión, en uso de las facultades otorgadas por la Ley 1507 de 2012, en especial las conferidas por el artículo 6° literal i) de la citada ley, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1507 de 2012, corresponde a la Junta Nacional de la ANTV adoptar la planta de personal que demande el desarrollo de sus funciones;
Que dentro de las funciones de la Junta Nacional de Televisión previstas en el artículo 6° de la Ley 1507, literal i), se encuentra la relativa a “Adoptar los manuales, estatutos y reglamentos internos de la entidad, de conformidad con la ley”;
Que mediante Resolución número 1219 de 2013, se definió la estructura de la ANTV;
Que la Resolución número 0079 del 04 de febrero de 2016 adoptó la planta de personal de la ANTV, y la Resolución número 0346 del 8 de marzo de 2016 modificó la distribución de cargos de la planta de personal de la ANTV;
Que el Decreto número 1785 del 18 de septiembre de 2014, establece las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional;
Que el artículo 35 del citado decreto estableció que los manuales específicos de funciones y competencias laborales deben tener en cuenta la agrupación de las disciplinas académicas conforme a la clasificación determinada en los núcleos básicos del conocimiento definido en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES);
Que, de acuerdo con lo anterior, se requiere ajustar el manual de funciones y de competencias laborales de los empleos de la ATNV, conforme la planta de personal adoptada por la Resolución número 0079 del 4 de febrero de 2016, las directrices del Decreto número 1785 de 2014 y las indicaciones técnicas del Departamento Administrativo de la Función Pública señaladas en la guía para establecer o modificar el manual de funciones y competencias laborales;
Que mediante Resolución número 1028 de 2015, la Junta Nacional de Televisión adoptó el manual de funciones y competencias laborales para los empleos de la Autoridad Nacional de Televisión, en cumplimiento del Decreto número 1785 de 2014;
Que mediante Resoluciones números 0255 de 1° de marzo y 348 de 9 de marzo de 2016, la Junta Nacional de Televisión ajustó parcialmente la Resolución número 1028 de 2015;
Que con el fin de actualizar las funciones de los empleos públicos en el marco de la normativa vigente y hacer más eficiente el ejercicio de la función administrativa al interior de la Entidad, la Directora de la ANTV presentó ante la Junta Nacional de Televisión, la propuesta del nuevo manual de funciones y competencias laborales de la Autoridad Nacional de Televisión, cuya aprobación por parte de este cuerpo colegiado se surtió el 11 de enero de 2018, mediante acta radicada con el número 283;
Que conforme al artículo 7° numeral 2 de la Ley 1507 de 2012, en concordancia con el artículo 11 de los estatutos de la ANTV, corresponde al Director ejecutar las determinaciones de la Junta Nacional de Televisión;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Adoptar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos públicos que conforman la planta de personal de la Autoridad Nacional de Televisión, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones de la entidad.
Artículo 2°.
El contenido y texto del manual adoptado mediante esta resolución hace parte integral del presente acto, y será publicado en la página web de la Autoridad Nacional de Televisión.
Artículo 3°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, subroga la Resolución número 0025 de 2018 y deroga la Resolución número 1028 de 2015, y demás normas que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2018. La Directora, Ángela María Mora Soto.
(C. F.).
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