RESOLUCION 1744 de 2019
por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos que adelanta el Grupo Élite de Colusiones de la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 1744
- Año
- 2019
- Entidad
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto número 4886 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las funciones asignadas a esta Superintendencia mediante el Decreto número 4886 de 2011, la Entidad adelanta procesos de carácter administrativo y jurisdiccional, en los cuales, por expreso mandato legal, deben observarse términos procesales de estricto cumplimiento;
Que teniendo en cuenta los términos y plazos legales que debe garantizar la entidad frente a la atención de la ciudadanía en general, el artículo 121 del Código General del Proceso establece “(…) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en los que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el Despacho” (negrilla fuera de texto), precepto legal aplicable a los procesos de naturaleza administrativa por disposición del artículo 306 de la Ley 1437 de 2011;
Que conforme a lo anterior, le corresponde al Superintendente de Industria y Comercio garantizar el cumplimiento de los términos y asegurar las garantías en las actuaciones respecto de los sujetos procesales que en ellas intervienen;
Que durante los días 31 de enero y 1° de febrero de 2019, el Grupo Élite de Colusiones de la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio llevará a cabo trámites administrativos que implican el inventario, traslado y ubicación de los expedientes administrativos a su cargo;
Que con fundamento en lo expuesto y en aras de garantizar el debido proceso y demás garantías procesales dentro del trámite administrativo, se hace necesario suspender los términos procesales de las actuaciones que se surten en el Grupo Élite de Colusiones de la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, los días 31 de enero y 1° de febrero de 2019;
Que en esa medida deberá la Oficina de Atención al Consumidor y Apoyo Empresarial de la Superintendencia de Industria y Comercio desplegar las actuaciones que resulten necesarias para efectuar la publicación a través de los distintos canales virtuales de comunicación (página web, correo electrónico, entre otros);
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
°. Suspender los términos procesales de las actuaciones administrativas que se surten ante el Grupo Élite de Colusiones de la Delegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio durante los días treinta y uno (31) de enero y primero (1°) de febrero de 2019, fecha en que no correrán los términos para todos los efectos de ley.
Artículo 2°.
Ordenar a la Oficina de Atención al Consumidor y Apoyo Empresarial de la Superintendencia de Industria y Comercio, realizar las actuaciones que resulten necesarias para efectuar la publicación de la presente resolución a través de la totalidad de canales de comunicación con los que cuenta la entidad.
Artículo 3°.
Ordenar a la Secretaría General de la Superintendencia de Industria y Comercio para que a través del Grupo de Notificaciones y Certificaciones efectúe la publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial.
Artículo 4°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de enero de 2019.
El Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto González.
(C. F.).
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