RESOLUCION 100000606 de 2016
Por la cual se reglamentan los sectores en los cuales los auxiliares de la justicia pueden tener experiencia específica
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 100000606
- Año
- 2016
- Entidad
- Superintendencia de Sociedades
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES, En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias,
CONSIDERANDO:
PRIMERO:
Que el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006 dispone que el juez del concurso es el encargado de designar al auxiliar de la justicia, quien debe ser escogido de la lista elaborada por la Superintendencia de Sociedades, así como de removerlo del cargo por el acaecimiento de las causales previstas en las normas vigentes. SEGUNDO:
Que el Decreto 2130 de 2015 reglamentó las actuaciones de los auxiliares de la justicia, para garantizar que se conduzcan dentro de los más altos niveles de diligencia, sujetos a principios y valores judicial mente exigibles. TERCERO:
Que el artículo 2.2.2.11.1.1 del Decreto 2130 de 2015 establece que los cargos de promotor, liquidador y agente interventor serán ejercidos por personas de conducta intachable, que gocen de excelente reputación y sean idóneos para cumplir con su función, la cual deben desarrollar con imparcialidad e independencia. CUARTO: Que de acuerdo con lo anterior, es imperativo disponer de las herramientas legales necesarias para promover la participación efectiva de personas que reúnan los requisitos académicos, profesionales y personales para obrar como auxiliares de la justicia en los procesos de reorganización, liquidación judicial e intervención. QUINTO:
Que el numeral 4 del artículo 2.2.2.11.2.3 del Decreto 2130 de 2015 establece que uno de los criterios que será tenido en cuenta por la Superintendencia de Sociedades para conformar la lista de auxiliares de la justicia será el sector o los sectores en los cuales el aspirante tenga experiencia específica. SEXTO:
Que la Superintendencia de Sociedades está facultada para establecer el listado de sectores y los medios a través de los cuales el auxiliar de la justicia podrá acreditar su experiencia profesional específica en uno o varios sectores, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 2.2.2.11.2.3 del Decreto 2130 de 2015. SÉPTIMO: Que la Superintendencia de Sociedades reglamentó los criterios que se utilizan para realizar la selección de los auxiliares de la justicia a través de la expedición de la Resolución 130-000383 del 5 de abril de 2016. OCTAVO: Que en el literal b) del artículo 5º de la Resolución 130-000383 del 5 de abril de 2016 se determinó que los auxiliares de la justicia pueden acreditar la experiencia profesional con la que cuenten en sectores específicos. NOVENO: Que el numeral 15 del artículo 8º del Decreto 1023 de 2012 faculta al Superintendente de Sociedades para expedir los actos administrativos que le corresponden como jefe del organismo,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Sectores, sub-sectores y actividades. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia elaborada y administrada por la Superintendencia de Sociedades deberá indicar en el formato de hoja de vida y en el formulario de inscripción la experiencia específica con la que cuente en uno o varios de los sectores, de los sub-sectores y de las actividades, de acuerdo con las clasificaciones que se disponen en la presente resolución. Artículo 2°. Sectores. Los sectores se clasificarán de la siguiente manera:
Artículo 3°. Sub-sectores. Los sub sectores se clasificarán de la siguiente manera:
Artículo 4°.
Actividades Las actividades se clasifican de la siguiente manera
Artículo 5°.
Medios para acreditar la experiencia profesional en los sectores, sub sectores y actividades específicas. Los aspirantes a conformar la lista de auxiliares de la justicia elaborada por la Superintendencia de Sociedades podrán acreditar la experiencia profesional en un sector, sub-sector o actividad específica con la presentación de los documentos que se relacionan a continuación: Certificado laboral en el que se describa de manera detallada las funciones desempeñadas por el aspirante en un sector, un sub-sector o una actividad, de conformidad con la clasificación establecida en la presente resolución, la duración del contrato de trabajo, el tipo de contrato y-el salario devengado; ó Certificaciones de prestación de servicios profesionales en el que se describa de manera detallada los servicios provistos por el aspirante en un sector, un sub-sector o una actividad, de conformidad con la clasificación establecida en la presente resolución, la duración del contrato de prestación de servicios y los honorarios devengados. Copia de las providencias judiciales o los actos administrativos expedidos por el juez del concurso o la autoridad administrativa, según corresponda, en las que conste que el aspirante adelantó y finalizó, en el cargo de contralor, liquidador, promotor o agente interventor, un proceso o varios procesos relacionados con un sector, un sub-sector o una actividad, de conformidad con la clasificación establecida en la presente resolución. Certificado expedido por el Despacho del juez del concurso o la autoridad administrativa, según corresponda, en el que conste que el aspirante adelantó y finalizó, en el cargo de contralor, liquidador, promotor o agente interventor, un proceso o varios procesos relacionados con un sector, un sub-sector o una actividad, de conformidad con la clasificación establecida en la presente resolución.
Artículo 6°.
Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Francisco Reyes Villamizar Superintendente de sociedades
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