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RESOLUCION 2508 de 2007

Por la cual se adoptan medidas tendientes a la ejecución y desarrollo del Convenio Interadministrativo No. 049 del 29 de abril de 2005, firmado entre el SENA y el ICBF.”

Tipo
RESOLUCION
Número
2508
Año
2007
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial de las conferidas en el artículo 211 de la Constitución Política, Artículo 28 Literal b) Ley 7ª de 1979 y los Artículos 9 y 78 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA y el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF, firmaron el Convenio Interadministrativo No. 049 el 29 de abril de 2005, cuyo objeto es “aunar esfuerzos tendientes al mejoramiento del recaudo de los aportes para fiscales con destino al SENA y al ICBF”.

Que en la cláusula 4°, las partes acordaron intercambiar información para complementar y mejorar los sistemas de las dos (2) entidades para el debido control de los aportes, al igual que suministrarse recíprocamente la información que poseen a través del cruce de información de sus bases de datos, las cuales podrán ser reportadas en medio magnético, archivo plano o de acuerdo con la tecnología determinada por la Dirección u Oficina de Sistemas de cada entidad.
Que en este sentido, las entidades acuerdan articular acciones, esfuerzos, talento humano, capacidades y conocimientos para el desarrollo conjunto de un programa de fiscalización y de cobro, sobre el cumplimiento correcto y oportuno de los aportes parafiscales por parte de los empleadores.
Que con el fin de lograr los objetivos propuestos entre las entidades se debe implementar estrategias y acciones conjuntas encaminadas a localizar y a sensibilizar a aquellos empleadores que nunca han aportado al SENA y al ICBF o, que lo hacen sobre una base por debajo de la establecida en la ley, para que realicen sus pagos de aportes parafiscales en forma oportuna, con el fin de disminuir los niveles de evasión, elusión y morosidad en el pago de dichos aportes.
Que con el fin de obtener eficiencia en el proceso de fiscalización y evitar la duplicidad en las visitas a los empleadores, se debe establecer una base de datos única para las dos entidades con el fin de asignar a cada una de ellas, poblaciones independientes de aportantes objeto de fiscalización, teniendo en cuenta aspectos tales como: el sector económico, el promedio de pagos, el tamaño de las empresas, etc.
Que dentro de las estrategias se estableció que la liquidación de los aportes parafiscales a favor de cada entidad, se adelantará en el ámbito nacional, a través de los profesionales fiscalizadores.
Que el SENA y el ICBF, con el fin de agilizar la implementación de medidas y estrategias originadas en la ejecución del convenio interadministrativo, ha constituido un comité interdisciplinario e interadministrativo con funcionarios de ambas entidades, quienes desarrollan tareas tendientes a avanzar en los propósitos interinstitucionales.
Que por lo expuesto anteriormente, la Directora General del ICBF,

RESUELVE:

Artículo 1º.

Adoptar el formulario de Liquidación de Aportes Parafiscales y FIC., SENA - ICBF, como documento único de recolección de información para las dos (2) entidades con el fin de adelantar el proceso de fiscalización de aportes parafiscales y FIC.

Artículo 2º.

Intercambiar en forma periódica con el SENA el formulario adoptado en el artículo anterior, con el fin de que cada una de las entidades, con fundamento en la información recolectada, proceda a efectuar la correspondiente liquidación de conformidad con los conceptos y atribuciones otorgadas por la ley a cada una de ellas.

Artículo 3º.

Articular acciones, esfuerzo, talento humano, capacidades y conocimientos para el desarrollo conjunto orientado a conformar un programa de fiscalización y cobro, sobre el cumplimiento oportuno de los aportes parafiscales por parte de los empleadores, para lo cual se llevará a cabo el intercambio de información de las bases de datos, y se garantizará de manera permanente y continua la disponibilidad de acceso a la información propia, así como de otras instancias e instituciones en desarrollo de la consulta, transferencia regular y periódica, comparación, construcción, actualización y mejoramiento de datos e información estadística, hasta lograr una base de datos única y determinada para las dos (2) entidades.

Artículo 4º.

Activar en las regionales y seccionales del ICBF el Comité de Aportes Parafiscales con el propósito de dar continuidad al convenio interadministrativo No. 049 de 2005.

Artículo 5º.

Adelantar acciones y estrategias conjuntas tendientes a sensibilizar a los potenciales aportantes sobre las bondades que reporta la gestión de fiscalización conjunta, a través de los medios electrónicos y no electrónicos, a nivel intra y extrainstitucional.

Artículo 6º.

La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias en los aportes correspondientes. Dada en Bogotá, D. C., a los 3 OCT. 2007. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ Directora General

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