RESOLUCION 504 de 2013
Por la cual se suspenden términos administrativos en relación con la prestación de servicios del Instituto Nacional de Metrología - INM.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 504
- Año
- 2013
- Entidad
- Instituto Nacional de Metrología
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL DIRECTOR (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA - INM En ejercicio de sus facultades legales y en especial, las conferidas por el Decreto 4175 de 2011 y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 3º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales.
Conforme con lo señalado, las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.
SEGUNDO. Que en virtud del principio del debido proceso, las actuaciones administrativas se adelantarán de conformidad con las normas de procedimiento y competencia establecidas en la Constitución y la ley, con plena garantía de los derechos de representación, defensa y contradicción; así mismo, en consideración al principio de economía, las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas.
TERCERO. Que mediante Circular Interna 006 del 06 de noviembre de 2013, emanado de la Dirección General del INM, dirigido a todos los funcionarios del INM, en relación con los turnos de descanso compensatorio, se estableció el disfrute de unos días de final de año del 30 de diciembre de 2013 al 03 de enero de 2014, como descanso compensando equivalente a treinta y dos (32) horas, lo cual se extiende indudablemente a los responsables de los laboratorios del INM y a los servicios que de los mismos se deprenden.
CUARTO. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 6 del Decreto 4175 de 2011, al Instituto Nacional de Metrología - INM, le corresponde entre otras funciones la prestación de los siguientes servicios: proporcionar servicios de calibración a los patrones de medición de los laboratorios, centros de investigación, a la industria u otros interesados, cuando así se solicite de conformidad con las tasas que establezca la ley para el efecto, así como expedir los certificados de calibración y de materiales de referencia correspondientes, asesorar y prestar servicios de asistencia técnica a las entidades que lo soliciten, en aspectos científicos y tecnológicos de las mediciones y sus aplicaciones.
QUINTO. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 7° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, las autoridades tendrán, frente a las personas que ante ellas acudan y en relación con los asuntos que tramiten, entre otros, el de garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
SUSPENDER los términos administrativos en relación con la prestación de servicios del Instituto Nacional de Metrología - INM, desde el 30 (inclusive) de diciembre de 2013 hasta el día 3 (inclusive) de enero de 2014,atendiendo para el efecto el tiempo de vacancia de los funcionarios encargados de los laboratorios del INM.
Artículo segundo.
De conformidad con lo anterior, se garantizará la atención del público de conformidad con lo señalado en el artículo 7° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo tercero.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE JAVIER EDUARDO VIVEROS C.
DIRECTOR (e)
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