RESOLUCION 237 de 2013
Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos dela Planta de Personal del Instituto Nacional de Metrología INM.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 237
- Año
- 2013
- Entidad
- Instituto Nacional de Metrología
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA, En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 122 de la Constitución Política, y en especial los Decretos 770, 2539 y 2772 de 2005, y
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución No. 002 del 2 de enero de 2013, se adoptó el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Metrología INM.
El inciso 2 del artículo 28 del Decreto 2772 de 2005 señala "La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general. El manual específico no requerirá refrendación por parte del Departamento Administrativo de Ja Función Pública".
Actualmente el Instituto Nacional de Metrología requiere ajustes en la distribución de la planta de personal con el fin de dar cumplimiento a las funciones que la ley le señala.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Actualizar el Manual Especifico de Funciones, Requisitos Mínimos y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la Planta de Personal del Instituto Nacional de Metrología, fijada por los Decretos 4175 del 2011 y 2705 de 2012, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Instituto.
Artículo 2°.
El citado Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales del Instituto Nacional de Metrología, consignado en la presente Resolución se fundamenta en el siguiente marco de objetivos, estructura y planta de personal de empleos.
Objetivo El Instituto Nacional de Metrología, INM, tiene por objetivo la coordinación nacional de la metrología científica e industrial, y la ejecución de actividades que permitan la innovación y soporten el desarrollo económico, científico y tecnológico del país, mediante la investigación, la prestación de servicios metrológicos, el apoyo a las actividades de control metrológico y la diseminación de mediciones trazables al Sistema Internacional de Unidades.
Estructura Organizacional
1. Dirección General. 1.1. Oficina Asesora de Planeación.
2. Secretaría General.
3. Subdirección de Metrología Física.
4. Subdirección de Metrología Química y Biomedicina.
5. Subdirección de innovación y Servicios Tecnológicos.
6. Órganos de Asesoría y Coordinación. 6.1. Comisión de Personal. 6.2. Comité de Coordinación de Control Interno.
PLANTA GLOBAL
Artículo 3°.
Los servidores públicos de la planta de personal cumplirán las siguientes funciones, así:
POR SU EXTENSION SE GENERA EL SIGUIENTE ANEXO ANEX2372013.pdf
Artículo 4º.
Competencias Comunes a los Servidores Públicos. Las competencias comunes para los diferentes empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales serán las siguientes:
Artículo 5°.
Competencias Comportamentales por nivel jerárquico de empleos. Las competencias comportamentales por nivel jerárquico de empleos que como mínimo, se requieren para desempeñar los empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales, serán las siguientes:
Artículo 6°.
El Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas.
Artículo 7º.
Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
Artículo 8°.
El Director mediante acto administrativo adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el manual específico de funciones y de competencias laborales y podrá establecer las equivalencias entre estudios y experiencia, en los casos en que se considere necesario.
Artículo 9°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su aprobación y deroga las resoluciones 002 y 113 de 2013.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 5 de julio de 2013.
HERNAN DARIO ALZATE SEPULVEDA EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGIA.
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