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RESOLUCION 030 de 2017

Por la cual se fijan las tasas que por los servicios de metrología presta el Instituto Nacional de Metrología —INM - vigencia 2017

Tipo
RESOLUCION
Número
030
Año
2017
Entidad
Instituto Nacional de Metrología
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA En ejercicio de sus atribuciones legales, y en particular, las previstas en el artículo 70 de Ia Ley 1480 de 2011, y el artículo 9° del Decreto 4175 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Metrología es un organismo de carácter técnico, científico y de investigación, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y presupuestal, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Que de conformidad con lo señalado en el Decreto 4175 de 2011, el Instituto Nacional de Metrología —INM tiene por objetivo la coordinación nacional de la metrología científica e industrial, y Ia ejecución de actividades que permitan la innovación y soporten el desarrollo económico, científico y tecnológico del país, mediante la investigación, la prestación de servicios metrológicos, el apoyo a las actividades de control metrológico y la diseminación de mediciones trazables al Sistema Internacional de unidades (SI).
Que atendiendo lo anteriormente señalado, le corresponde al Instituto Nacional de Metrología - INM garantizar la trazabilidad de las mediciones, el cumplimiento de estándares internacionales y ofrecer la capacidad técnica de verificación de la calidad, desde el punto de vista metrológico, de los productos que se fabrican o se comercializan en el país, así como el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de calidad.
Que de conformidad con el artículo 4° del Decreto 4175 de 2011, son recursos del Instituto Nacional de Metrología, entre otros, los recursos que reciba por Ia venta de bienes y la prestación de servicios.
Que de conformidad con el artículo 9° del Decreto 4175 de 2011, son funciones de la Dirección General del Instituto Nacional de Metrología, entre otras, Ia de fijar las tasas a que hace referencia la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).
Que de conformidad con el artículo 70 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), el Instituto Nacional de Metrología - INM, definió la metodología de costeo de tasas vigencia 2017 para los servicios de Calibración, Capacitación, Asistencia Técnica, Programa de Comparación Interlaboratorios, Desarrollo y Manejo de Materiales de Referencia Certificados.
Que para la fijación de las tasas vigencia 2017 de los servicios de Calibración, Capacitación, Asistencia Técnica, Programa de Comparación Interlaboratorios, Desarrollo y Manejo de Materiales de Referencia Certificados, su cálculo se realizó con sustento en Ia metodología contenida en el documento denominado "Lineamientos para el establecimiento de Tasas de Productos y Servicios del INM", cálculos y documento que hacen parte integral de Ia presente resolución. En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Las tasas aplicables por los servicios que ofrece el Instituto Nacional de Metrología - INM, para la vigencia 2017 quedaran así:

Parágrafo. PRIMERO:
Las tasas expresadas en dólares solo serán aplicables para personas naturales o jurídicas extranjeras con domicilio en el exterior
Parágrafo. SEGUNDO:
Los costos por desplazamiento se refieren a la prestación de servicios en sitio dentro del territorio nacional.

Artículo segundo.

El valor de las tasas deberá ser cancelado previamente a la prestación del servicio, con excepción de las entidades a las que aplica el Estatuto General de la Contratación Pública, caso en el cual, se sujetara a lo establecido en dicha normatividad (artículo 70 de la Ley 1480 de 2011).

Artículo tercero.

- El valor de las tasas contenidas en la presente resolución podrá ser modificado en cualquier momento de conformidad con el estudio técnico respectivo que determine la necesidad de ajustarlas.

Artículo cuarto.

Las tasas correspondientes a todos los productos y servicios ofrecidos por el INM tendrán una reducción del diez por ciento (10%) de la tasa vigente para las micro y pequeñas empresas. Lo anterior, atendiendo para el efecto lo señalado en el Decreto 4175 de 2011 y las normas y políticas del Gobierno Nacional sobre fortalecimiento de las micro y pequeñas empresas.
Parágrafo.
Para efectos de lo dispuesto en esta resolución, se consideran coma micro o pequeñas empresas, aquellas que respondan a los parámetros establecidos en la Ley 905 de 2004 y en las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. Tal calidad debe ser acreditada en el momento de realizar la solicitud de servicios y al momento de su prestación, ya que el beneficio solo podrá ser otorgado directamente a esta empresa. No se aceptan intermediaciones. Este proceso se realizará mediante copia simple de la declaración de renta del año inmediatamente anterior o copia de registros donde figure tal calidad o en su defecto, con cualquier otra prueba documental idónea donde conste que se cumplen con cumplen con los parámetros requeridos, así como con el certificado de Cámara de Comercio, el cual es indispensable acompañarse a la solicitud de servicios.

Artículo quinto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución 028 de 2016 y demás actos contrarios al contenido de la misma. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 31 ENE 2017 RAFAEL JOSE GIL ANGARITA Director General

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