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RESOLUCION 2340 de 2007

Por la cual se aprueba el Plan Indicativo Institucional para el período 2007 - 2010: Los derechos de los niñas, niñas y adolescentes: compromiso y responsabilidad de todos

Tipo
RESOLUCION
Número
2340
Año
2007
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y,

CONSIDERANDO:

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007 - 2010 Estado Comunitario: desarrollo para todos fue aprobado mediante la Ley 1151 de julio 24 de 2007.

Que la Ley Orgánica de Planeación en su Capítulo VII artículo 29 establece para todos los organismos de la administración pública, la obligatoriedad de elaborar con base en el Plan Nacional de Desarrollo un Plan Indicativo Cuatrienal, para plasmar los compromisos adquiridos por la Entidad y para la posterior evaluación de resultados.

Que en cumplimiento de las disposiciones mencionadas bajo la coordinación de la Dirección de Planeación se ha elaborado el Plan Indicativo Institucional “Los derechos de los niños, niñas y adolescentes: compromiso y responsabilidad de todos”.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Aprobar el Plan Indicativo Institucional para el período 2007 - 2010 denominado “Los derechos de los niños, niñas y adolescentes: compromiso y responsabilidad de todos”, el cual para todos los efectos hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 2o.

El Plan Indicativo aprobado constituye referente fundamental para el accionar del Instituto en el cuatrienio y como tal, debe ser la base fundamental para la formulación de los planes de acción anuales de las diferentes dependencias del ICBF.

Parágrafo.
La Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano adelantará las estrategias y acciones necesarias para que el Plan Indicativo sea comunicado a todos los servidores públicos del ICBF.

Artículo 3o.

Los Grupos de Planeación y Sistemas en las Regionales y la Dirección de Evaluación en la Sede Nacional serán responsables de efectuar el seguimiento al desarrollo del Plan, adelantar la correspondiente evaluación anual y solicitar a la Dirección de Planeación, las modificaciones y ajustes a que haya lugar.

Artículo 4o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase Dada en Bogotá, D. C., a los 24 SET 2007 ELVIRA FORERO HERNANDEZ Directora General EN RAZON DE SU EXTENSION SE GENERA EL SIGUIENTE ANEXO.pdf

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