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RESOLUCION 71 de 2007

Por la cual se modifica la Resolución No. 2520 de 2004.

Tipo
RESOLUCION
Número
71
Año
2007
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 2520 del 22 de Diciembre de 2004 se reglamentó en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar el procedimiento para la legalización de las comisiones de servicios otorgadas en el territorio nacional a funcionarios y contratistas de la entidad.

Que en la mencionada resolución se estableció que para la respectiva legalización de las comisiones de servicios se debe anexar el certificado de permanencia expedido por el Director Regional o Seccional y en su ausencia por el Coordinador del Grupo Administrativo y/o Financiero y en los Centros Zonales por el Coordinador del Centro Zonal.

Que en dicha resolución no se estableció de manera específica el procedimiento para la legalización de las comisiones de servicios para el nivel directivo de la sede nacional en casos como: a) cuando con posterioridad al desarrollo de la comisión no sea posible la obtención de la certificación de permanencia; b) cuando la comisión de servicios se lleve a cabo con organismos privados o públicos en que no participe la respectiva regional del ICBF, o en cualquier otro caso no contemplado por a reglamentación vigente que hace imposible la obtención del certificado de permanencia por dichos funcionarios.

Que la Resolución No. 2520 del 22 de Diciembre de 2004 estableció en el artículo 21 a obligatoriedad de presentación de un informe en que se explique la gestión adelantada durante a comisión de servicios.

Que por lo anteriormente expuesto se hace necesario modificar la Resolución 2520 de 2004 en el sentido de eliminar el requisito de la expedición del certificado de permanencia para la legalización de comisiones de servicios para el nivel directivo de la sede nacional, bastando el cumplimiento de los requisitos restantes establecidos en dicha resolución.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Modificar artículo 23 de la Resolución 2520 del 22 de Diciembre de 2004 en el sentido de adicionar el siguiente parágrafo:

“PARÁGRAFO 3: Para la legalización de la comisión de servicios del Director(a) Nacional, Secretario(a) General y Directores de la sede nacional no se requerirá el certificado de permanencia, el cual se reemplazará con la presentación del informe de que habla el artículo 21”

Afecta la vigencia de: Adiciona (Parágrafo 3 ) Artículo 23 RESOLUCION 2520 de 2004

Artículo 2o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las normas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D. C., a los 12 ENE. 2007 ELVIRA FORERO HERNANDEZ Directora General

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