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RESOLUCION 1218 de 2008

Por la cual se adopta la Política de Calidez y Calidad del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Tipo
RESOLUCION
Número
1218
Año
2008
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las conferidas por el artículo 78 de la Ley 489 de 1998; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 909 de 2004 establece que con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos de acuerdo con las norma vigentes.

Que el Decreto 1227 de 2005 regula el Sistema de Capacitación y Estímulos, los planes de capacitación, los programas de Bienestar Social y los planes de incentivos.

Que el artículo 66 del Decreto de 1227 de 2005, especifica que “los programas de capacitación deberán orientarse al desarrollo de las competencias laborales necesarias para el desempeño de los empleados en niveles de excelencia.”

Que el artículo 75 del Decreto 1227 de 2005, establece que “de conformidad con el artículo 24 del Decreto Ley 1567 de 1998 y con el fin de mantener niveles adecuados de calidad de vida laboral, las entidades deberán efectuar los siguientes programas:

75.1 Medir el clima laboral, por lo menos cada dos años y definir, ejecutar y evaluar estrategias de intervención.

75.2 Evaluar la adaptación al cambio organizacional y adelantar acciones de preparación frente al cambio y de desvinculación laboral asistida o readaptación laboral cuando se den procesos de reforma organizacional.

75.3 Preparar a los prepensionados para el retiro del servicio.

75.4 Identificar la cultura organizacional y definir los procesos para la consolidación de la cultura deseada.

75.5 Fortalecer el trabajo en equipo 75.6 Adelantar programas de incentivos Que el Decreto Ley 1567 de 1998, define los programas de Bienestar Social como: “Procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel do vida y el de su familia; así mismo deben permitir elevar los niveles de satisfacción,, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la entidad en la cual labora”.

Que mediante Resolución 2340 de 2007 la Dirección General del ICBF aprobó el Plan Indicativo de la entidad, periodo 2007 - 2010, el cual señala las metas y los objetivos institucionales, dentro de los cuales se establece la mejora de la gestión institucional para el fortalecimiento y cualificación de los servicios.

Que de conformidad con los lineamientos normativos en materia de desarrollo de personal y con el fin de dar cumplimiento al logro de las metas y los objetivos institucionales, es necesario que el Instituto cuente con una Política que oriente las acciones que se diseñen e implementen con el propósito de elevar los niveles de eficiencia y el crecimiento personal y colectivo de sus miembros.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Adoptar, en los siguientes términos, la Política de Calidez y Calidad en el Servicio como sustento básico del Sistema de Capacitación y Estímulos de la entidad, con el fin de propiciar un ambiente laboral amable que garantice unas condiciones de trabajo sanas que permitan incrementar los niveles de satisfacción de los servidores públicos del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, SUS REGIONALES, SECCIONALES Y CENTROS

ZONALES, y de esta manera contribuir a mejorar la productividad y la calidad de los servicios:

Los servidores públicos del ICBF, son el referente de la Política de Calidez y Calidad en el Servicio y serán atendidos de manera integral abarcando las esferas personal, familiar y laboral, por cuanto es definitivo que para lograr una mayor eficiencia en su quehacer hay que ocuparse primero de su ser (sentimientos, emociones, relaciones, motivación, y todos los demás intangibles que dinamizan a vida de las personas).

Las acciones a desarrollar en el marco de la Política de Calidez y Calidad en el Servicio estarán en concordancia con los principios, los valores, la misión y la visión establecidos en el Plan Indicativo Institucional.

Los programas de formación y capacitación del ICBF estarán orientados al desarrollo de las capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales del servidor público, con miras a propiciar su eficacia personal, grupal y organizacional, de manera que se posibilite el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios.

El desarrollo de programas de bienestar social laboral serán el instrumento eficaz para dinamizar la motivación de los servidores (as) públicos (as) los cuales estimularán su potencial creativo, mejorando su calidad de vida laboral e incrementando su satisfacción con el trabajo y con la entidad.

Los programas de formación y capacitación y de bienestar social, se articularán y responderán a las inquietudes y necesidades expresadas en la Encuesta de Ambiente Laboral aplicada en los tres niveles del Instituto (Nacional, Departamental y Municipal), de tal manera que se logre con ellos generar un impacto duradero en los servidores públicos contrario al desarrollo de acciones aisladas que no permanezcan en el tiempo.

Artículo 2o.

A partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, la Secretaria General y la Dirección de Gestión Humana, en la

Dirección General, y los Directores Regionales y/o Seccionales, en coordinación con la persona que designen, serán los responsables de implementar y garantizar la aplicación de esta Política.

Artículo 3o.

El ámbito y alcance de la Política de Calidez y Calidad en el Servicio que se adopta mediante el presente Acto Administrativo, se constituirá en el sustento filosófico del quehacer Institucional.

Parágrafo.
Con el fin de verificar su pertinencia, la Política de Calidez y Calidad en el Servicio deberá ser revisada y actualizada anualmente por la Secretaría General y la Dirección de Gestión Humana.

Artículo 4o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los 9 A8R 2008 ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ Directora General

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