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RESOLUCION 2887 de 2006

Por la cual se establecen los responsables de la Coordinación y Soporte Técnico ante la Organización SIIF

Tipo
RESOLUCION
Número
2887
Año
2006
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto 2789 de 2004, se reglamentó el Sistema Integrado de Información SIIF Nación.

Que los artículos 8o de la Ley 298 de 1996, 4o del Decreto 2789 de 2004 y 17 del Decreto 4730 de 2005, establecen que todas las entidades que conforman el presupuesto general de la nación, están obligadas a utilizar el SIIF-Nación.

Que de conformidad con el artículo 13 del Decreto 2789 de 2004, los Representantes Legales de las entidades usuarias del SIIF, deben designar mediante acto administrativo, a dos funcionarios, uno como Coordinador SIIF y otro como Administrador Técnico SIIF para que sean el enlace oficial con la Administración del SIIF Nación.

Que mediante oficio No 2-2006-029645 de Octubre 26 de 2006, la Viceministra del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, solicitó al ICBF la designación del Coordinador y Soporte Técnico SIIF de la Entidad.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Designar a la Directora Financiera del ICBF como Coordinadora SIIF ante la Administración SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 2o.

Asignar las siguientes funciones a la Directora Financiera del ICBF en su calidad de Coordinadora SIIF:

1. Ejercer la representación del ICBF como órgano ejecutor, ante la organización SIIF Nación.

2. Administrar eficaz, eficiente y de manera segura a los usuarios.

3. Garantizar un eficaz y eficiente soporte funcional en la Entidad.

4. Mantener actualizada la información ante el administrador del sistema.

5. Garantizar una eficaz y eficiente capacitación para los usuarios del SIIF-Nación y una capacitación para todo funcionario, previa su creación en el SIIF.

6. Mantener actualizado el archivo documental de los Términos de Aceptación Cuenta de Usuario” y fotocopia de la cédula de cada usuario creado en el aplicativo y su remisión al Administrador del Sistema. Deshabilitar o Inactivar las cuentas de usuarios para los cuales no exista documento “Términos de Aceptación Cuenta de Usuario” debidamente firmado por el usuario.

7. Verificar periódicamente que los niveles de acceso a la información SMF-Nación, estén basados en los requerimientos individuales de cada usuario, dentro del marco de sus funciones.

8. Activar, inactivar, habilitar o deshabilitar cuentas de usuario cuando ocurran novedades de personal, como retiro temporal (licencias, vacaciones), retiro definitivo, cambio de funciones, traslado del funcionario o cualquier otro evento que amerite inhabilitar o inactivar un usuario.

9. Garantizar que el perfil asignado a todo usuario del aplicativo SIIF-Nación, corresponda con las funciones asignadas del cargo del funcionario.

Artículo 3o.

Designar a la Subdirectora de Sistemas de Información del ICBF como Administradora Técnica SIIF ante la Administración SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 4o.

Asignar las siguientes funciones a la Subdirectora de Sistemas de Información del ICBF en su calidad de Administradora Técnica SIIF:

1. Dar apoyo y soporte técnico a los usuarios SIIF

2. Conocer la documentación generada por el Administrador Técnico del Sistema, para el soporte técnico SIIF.

3. Conocer el documento Administración Entidades SIIF.

4. Cumplir con las políticas y estándares de seguridad del sistema SIIF-Nación.

5. Divulgar la documentación generada por el Administrador Técnico del Sistema, para los usuarios del SIIF Nación.

6. Colaborar con la persona o grupo asignado, en el proceso de solución del problema.

7. Instalar, actualizar las versiones del aplicativo y configurar los componentes tecnológicos que garanticen a los usuarios el acceso al SIIF.

8. Administrar eficaz, eficiente y de manera segura las terminales y restricciones

9. Garantizar un eficaz y eficiente soporte técnico en el ICBF

10. Mantener actualizada el soporte técnico ante el administrador del sistema.

Artículo 5o.

Comunicar a la Administración del SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las designaciones establecidas en los artículos 1o y 4o de la presente Resolución.

Artículo 6o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los 13 DIC. 2006.

ELVIRA FORERO HERNANDEZ Directora General

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