RESOLUCION 2600 de 2006
Por la cual se delega la asistencia al Comité de Defensa Judicial y Conciliación
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2600
- Año
- 2006
- Entidad
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)”.
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 faculta a las autoridades administrativas a delegar el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que así mismo, el artículo 10 de la citada Ley 489 de 1998 establece que el acto de delegación siempre será escrito, y deberá determinar la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.
Que mediante Decreto No. 2097 del 20 de septiembre de 2002 el Gobierno nacional modificó el artículo 3o del Decreto 1214 de 2000, modificando la integración de los Comités de Conciliación, por la integración de los Comités de Defensa Judicial y Conciliación, entre los cuales se encuentra el jefe de la entidad.
Que la Resolución 946 de 2003, señala en su artículo segundo, parágrafo primero que la participación del Director General en el Comité de Defensa Judicial y Conciliación, será delegable.
Que se considera necesario delegar la participación de la Directora General en el Comité con el fin de agilizar sus reuniones.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1o.
Delegar en el Asesor 1020-15 de la Secretaría General, la asistencia al Comité de Defensa Judicial y Conciliación de la Sede Nacional, en representación de la Dirección General del ICBF.
Artículo 2o.
El servidor delegado, será responsable por sus actuaciones u omisiones.
Artículo 3o.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los 25 OCT. 2006 ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ Directora General
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.