RESOLUCION 2586 de 2006
Por la cual se efectúa una delegación
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2586
- Año
- 2006
- Entidad
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)“ Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 faculta a las autoridades administrativas a delegar el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que así mismo, el artículo 10 de la citada Ley 489 de 1998 establece que el acto de delegación siempre será escrito, y deberá determinar la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.
Que el Decreto 1477 de 1995, “Por la cual se reglamenta la Ley 190 del 6 de junio de 1995 en materia de publicación de contratos en el Diario Único de Contratación Pública”, crea como anexo de todo contrato celebrado por las entidades públicas el Extracto Único de Publicación.
Que el Artículo 2° del mismo Decreto 1477 de 1995, señala que el Extracto Único de Publicación es de diligenciamiento obligatorio por parte de la entidad contratante, deberá ser suscrito por el ordenador del gasto quien será el responsable de su contenido y de efectuar la correspondiente liquidación de los derechos de publicación”.
Que el artículo 3° del mismo Decreto 1477 de 1995, señala: “Una vez el Contratista haya cancelado el valor de los derechos de publicación y entregue a la entidad contratante la constancia de tal hecho, el ordenador del gasto de las entidades públicas del orden nacional o su delegado remitirá a la Imprenta Nacional de Colombia en original el Extracto Único de Publicación de los contratos por él suscritos, dentro de los diez (10) días siguientes a dicha entrega”.
Que se considera pertinente delegar en la Secretaría General del ICBF la suscripción del extracto único de publicación, así como su remisión a la Imprenta Nacional de Colombia de todos los contratos suscritos por la entidad, con el fin de lograr con ello mayor celeridad en su trámite.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1o.
Delegar en el Secretario General del ICBF, la suscripción y remisión a la Imprenta Nacional de Colombia del extracto único de publicación de todos los contratos suscritos por la entidad.
Artículo 2o.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 3 OCT. 2006 ELVIRA FORERO HERNANDEZ Directora General
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