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RESOLUCION 58 de 2004

Por la cual se asignan unas funciones

Tipo
RESOLUCION
Número
58
Año
2004
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF En uso de sus facultades legales y estatutarias

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 0031 del 13 de diciembre de 1998, emanado de la Junta Directiva del ICBF, hoy Consejo Directivo, se modificó el programa de bienestar social relativo a la vivienda, con el objeto de elevar el nivel de vida y propender por el mejoramiento social de los funcionarios de la entidad.

Que el artículo 4° del Acuerdo 0031 del 13 de diciembre de 1998, en su artículo 4° establece que son funciones del Comité de Vivienda ejercer un estricto control sobre la recuperación de artera del Fondo de Vivienda y dispone que se tomen las medidas pertinentes.

Que el artículo 20 del Acuerdo 0031 del 13 de diciembre de 1998, faculta a esta Dirección General para reglamentar mediante Resolución, el programa de vivienda.

Que el Comité de Vivienda en sesión del 21 de febrero de 2003, analizó la necesidad de asignar a la Secretaría General un profesional, que e encargar de realizar un diagnóstico acerca del estado actual del programa de vivienda, l presentara conclusiones y estrategias que permitan reorganizar el funcionamiento del programa de créditos de Vivienda del ICBF.

Que mediante acta número 001 del 26 de febrero de 2003, el Comité decidió designar al Doctor Luis Eurípides Linares Ordóñez como responsable del proyecto descrito en el inciso anterior, para efectuar el correcto recaudo y administración de la cartera, la cual incluye el manejo documental de los créditos concedidos con anterioridad al año 2000, la seguridad de las garantías existentes, el registro y contabilización de los abonos y la rendición periódica e cuentas ante el comité.

Que el Comité de Vivienda por decisión unánime considera necesario precisar las funciones que el Doctor Luis Eurípides Linares Ordóñez se encuentra desarrollando mediante Resolución.

Que mediante Resolución 068 del 29 de enero de 2003 (modificatoria del Manual de funciones) se fijan como funciones de responsabilidades específicas del cargo Asesor, Código 1020, Grado 16 “…1. Asesorar a la Secretaría General en la formulación y orientación en la ejecución de las políticas y planes generales del Instituto….10. Las demás que le sean asignadas.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Confirmar la designación hecha por el Comité de vivienda en sesión del 26 de febrero de 2003 en el Doctor Luis Eurípides Linares Ordóñez, Asesor Código 1020 grado 16, como funcionario adscrito a la Secretaría General para que continúe desarrollando el proyecto Programa de Vivienda del ICBF, apoyado en el grupo de trabajo que se le asigne para tal fin. TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado en lo pertinente Artículo 1 RESOLUCION 1022 de 2004

Artículo segundo.

Confirmar que las funciones del Responsable del Programa serán las siguientes:

1. Ordenar las reliquidaciones de los créditos y certificarlas.

2. Firmar la correspondencia que se origine en desarrollo de la gestión del grupo.

3. Ejecutar las decisiones, acuerdos y políticas aprobadas en el Comité.

4. Supervisar el funcionamiento del programa y la prestación del servicio.

5. Velar por la debida ejecución de las operaciones del crédito, su contabilización en la cartera y coordinar los registros en la contabilidad del Instituto.

6. Proponer políticas administrativas y reglamentos para el funcionamiento del programa.

7. Preparar el presupuesto para la consideración y aprobación del Comité.

8. Velar para que los beneficiarios del crédito reciban información oportuna sobre el estado del crédito y demás asuntos.

9. Rendir periódicamente al Comité el informe elativo al funcionamiento del programa.

10. Asistir a las reuniones del Comité de Vivienda, debiendo apoyar al Secretario del mismo en todos los aspectos que le sean requeridos.

11. Velar permanentemente por mantener una comunicación directa con los beneficiarios del crédito.

12. Informar al Comité de las novedades que e presenten en la ejecución del crédito, de aquellos beneficiarios que incumplan total o parcialmente con el reglamento del crédito, para la toma de decisiones.

13. Preparar planes de mejoramiento y de desarrollo del programa.

14. Velar por el cumplimiento del reglamento de crédito.

15. Supervisar la gestión del personal que preste servicios en el grupo del programa de vivienda, independiente de su forma de vinculación, quienes deben actuar de conformidad con los lineamientos y directrices emanados de las dependencias institucionales en cada materia.

16. Tramitar las operaciones relacionadas con la constitución de garantías reales de inmuebles de acuerdo al reglamento.

17. Velar por el cumplimiento de la información y los descuentos de nómina que deban efectuar los pagadores de las Regionales y Seccionales.

18. Velar por la adecuada conservación de los archivos.

19. Ejercer un estricto control sobre la recuperación de la cartera.

20. Coordinar con la Dirección de Gestión Humana, la actualización de novedades de traslados, renuncias, retiros voluntarios, pensión, direcciones y demás datos indispensables, para mantener actualizada la base de datos de los beneficiarios de los créditos.

21. Definir la metodología y procedimiento para la liquidación de la mora.

22. Las demás que le sean asignadas u ordenadas por el Secretario General.

23. Reportar y apoyar a la Dirección Financiera en todo lo relacionado con la información contable del Programa de Vivienda, que se debe reflejar en los estados financieros del ICBF.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Modificado (numeral 10 ) Artículo 2 RESOLUCION 1022 de 2004 Modificado (numeral 15 ) Artículo 3 RESOLUCION 1022 de 2004 Adicionado (numeral 23 ) Artículo 4 RESOLUCION 1022 de 2004

Artículo cuarto.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D. C. a los 30 DE ENERO 2004 BEATRÍZ LONDOÑO SOTO Directora General

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