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RESOLUCION 2700 de 2005

Por la cual se adopta el Manual de Procesos y Procedimientos para la Sede Nacional

Tipo
RESOLUCION
Número
2700
Año
2005
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL En uso de sus facultades legales y estatutarias

CONSIDERANDO:

Que la documentación de procesos y procedimientos, es base fundamental para dar cumplimiento a la Ley 872 de 2003 “Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la rama ejecutiva del poder público y en otras entidades prestadoras de servicios”.

Que según lo establecido en la Ley 87 de 1993, los procedimientos constituyen uno de los elementos básicos del Sistema de Control Interno.

Que los procedimientos documentados son base fundamental para mejorar la gestión institucional en las diferentes dependencias en el Instituto.

Que el Comité Coordinador del Sistema de Control Interno en su sesión de diciembre 16 de 2005 recomendó aprobar el Manual de Procesos y Procedimientos para la Sede Nacional.

Que en mérito de lo expuesto

RESUELVE:

Artículo 1o.

Adoptar el Manual de Procesos y Procedimientos para la Sede Nacional del ICBF, el cual forma parte integral de la presente Resolución.

Parágrafo.
El Manual de Procesos y Procedimientos adoptado mediante la presente Resolución, para todos sus efectos consta de diez y seis (16) Procesos y ciento veinticuatro (124) Procedimientos, los cuales suman en total quinientos cuatro (504) folios útiles.

Artículo 2o.

Los procesos y procedimientos aprobados por la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos que laboran en las distintas dependencias de la Sede Nacional del ICBF.

Artículo 3o.

Las modificaciones que para su mejora requiera el Manual adoptado con la presente Resolución, serán aprobadas por la Secretaría General, mediante memorando, previa revisión de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.

Artículo 4o.

La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los 30 DIC. 2005 GERARDO BURGOS BERNAL Director General (E)

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