RESOLUCION 2631 de 2005
Por medio de la cual se adoptan medidas para el mejoramiento institucional, con relación al manejo de los bienes dentro de las modalidades de los programas del ICBF
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2631
- Año
- 2005
- Entidad
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, En uso de sus facultades legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 39 de la Ley 7 de 1979, el patrimonio del ICBF está constituido, entre otros, por los bienes muebles e inmuebles que se le incorporaron en virtud de la Ley 75 de 1968, los adquiridos en ejercicio de actividades como persona jurídica independiente, los recibidos por donación y legado y los obtenidos por efecto de las vocaciones hereditarias, bienes vacantes y mostrencos (Art. 66 Ley 75 de 1968).
Que las normas de saneamiento contable Ley 716 de 2001 y Ley 901 de 2004 regulan la obligatoriedad de los entes del sector público de adelantar las gestiones administrativas necesarias para depurar la información contable, de manera que en los estados financieros se revele en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial de las entidades públicas.
Que no se deben incluir en el inventario del ICBF los bienes muebles que en desarrollo de los contratos de aporte, han sido adquiridos y son de propiedad de las entidades que administran las diferentes modalidades de los programas del ICBF.
Que el Manual de Contratación y la Resolución No. 0935 del dos (2) de junio de 2005 que aprueba la Guía de Gestión de Bienes del ICBF, establecen claramente la obligación de celebrar de manera independiente a los contratos de aporte, los contratos que se requieran para entregar los bienes muebles y/o inmuebles a las entidades que administran las modalidades de los programas del ICBF.
Que lo anterior fue ratificado en las Políticas de Comodatos aprobadas por el Comité de Gestión de Bienes de la Sede Nacional.
Que es necesario suscribir en documento adicional y de manera simultánea con el contrato de aporte, el contrato (Comodato, Arrendamiento, etc.) para legalizar la tenencia (i) de los bienes inmuebles de propiedad del ICBF donde funcionan las modalidades de los programas del ICBF, y, (ii) de los bienes muebles de carácter devolutivo entregados por el ICBF.
RESUELVE:
Artículo 1o.
Entregar a las entidades que administran las diferentes modalidades de los programas del ICBF, a través de los contratos correspondientes (Comodato, Arrendamiento) (i) los bienes inmuebles de propiedad del ICBF, y, (ii) los bienes muebles de carácter devolutivo, para el desarrollo del objeto del contrato de aporte.
Parágrafo.
El contrato de aporte y el contrato que legaliza la tenencia de los bienes inmuebles y/o muebles, deberán coexistir, de tal manera que las fechas de inicio y terminación de uno y otro sean las mismas.
Artículo 2o.
Los procedimientos para dar cumplimiento a la presente Resolución, serán los establecidos por el Comité de Gestión de Bienes de la Sede Nacional.
Artículo 3o.
La presente Resolución deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 4o.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los 22 DIC. 2005 BEATRÍZ LONDOÑO SOTO Directora General
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