Jurismart

RESOLUCION 1844 de 2004

Por la cual se aprueban los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de Estructura de los Servicios de Bienestar en Protección

Tipo
RESOLUCION
Número
1844
Año
2004
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 2388 de 1979 reglamentario de la Ley 7 de 1979, las actividades que realicen las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de prestar el Servicio Público de Bienestar Familiar, deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el ICBF.

Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 73, 79, 82, 85, 122 y 204 del Decreto 2737 de 1989 Código del Menor, corresponde al ICBF establecer las condiciones técnicas de la organización y puesta en marcha de los diferentes servicios de protección y reeducación, para el cumplimiento de las medidas determinadas por las autoridades competentes a niños, niñas y adolescentes en situación de abandono, peligro, riesgo y conflicto con la ley y demás situaciones de vulneración de sus derechos.

Que de acuerdo con el Decreto 3264 del 30 de diciembre del 2002 mediante el cual se establece la estructura del nivel central del ICBF y se determinan las funciones de sus dependencias, son funciones de la Dirección Técnica entre otras: 1) Proponer a la Dirección General el desarrollo de programas y servicios que den respuesta a las necesidades y problemáticas de la niñez y la familia colombiana; y 2) Orientar la formulación de lineamientos y estándares para los servicios de atención a la niñez y la familia.

Que de acuerdo con el Decreto 3264 del 30 de diciembre del 2002 mediante el cual se establece la estructura del nivel central del ICBF y se determinan las funciones de sus dependencias, }}{}{la Subdirección de Lineamientos y Estándares es la dependencia encargada de coordinar el diseño de estándares y lineamientos que sean necesarios para la prestación del Servicio Público de Bienestar Familia.

Que los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de estructura de los Servicios de Bienestar en Protección contribuyen a mejorar la gestión institucional en las diferentes dependencias en el Instituto, por cuanto contienen el marco conceptual, normativo y metodológico para la organización, puesta en marcha, contratación y seguimiento de las diferentes modalidades de atención a la niñez y la familia en situación de vulnerabilidad social y de vulneración de sus derechos.

Que los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de los Servicios de Bienestar en Protección fueron revisados y avalados por las regionales ICBF y por representantes de los nodos de las Redes de Instituciones de Protección y Reeducación a nivel nacional, así como por la Dirección Técnica.

Que de acuerdo con la Resolución 2623 del 19 de diciembre de 2003 expedida por la Dirección General del ICBF, se hace necesario reglamentar la elaboración, revisión y aprobación de los manuales, lineamientos, procesos, procedimientos, formatos e instructivos en el Instituto.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Aprobar, mediante la presente resolución, los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares de Estructura de los Servicios de Bienestar en Protección.

Artículo 2o.

Los Lineamientos y Estándares aprobados por la presente resolución, son de obligatorio cumplimiento por las áreas, Servidores Públicos y Entidades que prestan los servicios de Bienestar en Protección y Reeducación y hacen parte del presente acto administrativo.

Parágrafo.
Los Directores, Jefes de Oficina y Coordinadores de Grupo serán responsables de la aplicación de los Lineamientos y Estándares aquí aprobados; la Oficina Jurídica, Dirección Técnica y Dirección de Evaluación verificarán el cumplimiento de esta responsabilidad.

Artículo 3o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. a los 12. OCT. 2004.

GERARDO BURGOS BERNAL Secretario General Encargado de las Funciones de Director General

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar