RESOLUCION 2718| de 2001
Por la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución 1250 de 2001, de esta Dirección y se adopta el Instructivo para la Selección de Elementos de Protección Personal y Ropa de Trabajo”
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2718|
- Año
- 2001
- Entidad
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales, estatutarias y en especial las conferidas por el Artículo 1º de la Resolución No. 2013 de 1986, emanada de los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud Pública y por el Decreto 1295 de 1994, y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 122 de la Ley 9ª de 1979, Artículos 176 y 177 de la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Artículo 21 del Decreto 1295 de 1994 y el Artículo 11 de la Resolución 1016 de 1989 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, señalan reiterativamente la obligación de los empleadores de suministrar a los trabajadores, elementos de Protección personal y Ropa de Trabajo acordes con los riesgos potenciales o reales existentes en los lugares de trabajo, sin tener en cuenta para ello el cargo, ni el nivel salarial del trabajador.
Que en cumplimiento de lo anterior, esta dirección profirió la Resolución 1250 de 2001, en la cual delega en los Comités Paritarios de Salud Ocupacional, la función de evaluar y diagnosticar la necesidad de adquirir dichos elementos.
Que en la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Resolución 1111 de 2001 de esta Dirección, se establecen las funciones específicas de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional, no siendo una de ellas la de ejecutar las actividades del programa de Salud Ocupacional, sino la de vigilar y controlar el cumplimiento de las normas, programas y actividades de Salud Ocupacional.
Que es necesario adoptar un instrumento que facilite al área administrativa de la Sede Nacional, Regionales y Agencias, la elaboración del diagnóstico y posterior selección de los Elementos de Protección Personal y Ropa de Trabajo, adecuados para la labor desempeñada.
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el Artículo Segundo de la Resolución 1250 de 2001, de esta Dirección, el cual quedará así: “Delegar al funcionario encargado de Salud Ocupacional en la Sede Nacional, Regionales y Agencias, la elaboración del diagnóstico de los Elementos de Protección Personal y Ropa de Trabajo, que deben suministrarse a los funcionarios, de acuerdo con los riesgos potenciales o reales, a los que estén expuestos en el desempeño de sus labores, sin tener en cuenta para ello el cargo, ni el nivel salarial del funcionario, estudio que debe ser presentado ante la división de Recursos Físicos, en la Sede Nacional y ante el Director Regional o Seccional, en las Regionales y Agencias.
Parágrafo.
Los Elementos de Protección Personal y Ropa de Trabajo que se suministren a los funcionarios que lo requieran en virtud de las labores desempeñadas, deben ser adquiridos y entregados, como parte de la dotación de consumo o devolutivo, según sea el caso y los funcionarios están obligados a usarlos como mecanismo de protección y prevención de los riesgos a los que estén expuestos en la ejecución de sus labores.
Artículo 2.
Adoptar el Instructivo para la Selección de Elementos de Protección Personal y Ropa de Trabajo, el cual hace parte de este acto administrativo, como documento guía para la elaboración del diagnóstico respectivo.
Parágrafo.
Una vez diligenciado el Formato No. 1, sobre Diagnóstico de Necesidades actuales de Elementos de Protección personal y Ropa de Trabajo, contenido en el Instructivo, deberá enviarse para su revisión y aprobación a la División de Recursos Físicos, de la Sede Nacional, la cual realizará dicha evaluación con la asesoría de Salud Ocupacional.
Artículo 3.
Corresponde al Jefe de la División de Recursos Físicos, en la Sede Nacional, a los Coordinadores Administrativos o Administrativos y Financieros en las Regionales y a los Directores Seccionales en las Agencias, coordinar con los proveedores, la capacitación correspondiente sobre uso y cuidados de los elementos suministrados y verificar el uso continuo y adecuado de los mismos, por parte de los funcionarios a quienes se les entreguen.
Artículo 4.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D. C. a los 27 NOV. 2001.
JUAN MANUEL URRUTIA VALENZUELA Director General
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