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RESOLUCION 1760 de 2000

Por la cual se aprueba una reforma estatutaria

Tipo
RESOLUCION
Número
1760
Año
2000
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que al ICBF, le corresponde formular la política sobre infancia y niñez y coordinar e integrar el servicio público de bienestar familiar.

Que el artículo 127 del Decreto Ley 2737 de 1.989, Código del Menor, prevé que corresponde al ICBF, asesorar y supervisar las Instituciones que adelantan programas de Adopción.

Que mediante Resolución No.3511 del 31 de octubre de 1.997, expedida por la Dirección General, se renovó licencia de funcionamiento del programa de Adopción desarrollado por la Fundación “La Casita de Nicolás”, por el término de 5 años, cuyo domicilio es la ciudad de Medellín (Antioquia).

Que la señora PILAR GOMEZ DE TAMAYO, Directora de la citada Fundación, mediante comunicación del 25 de mayo del año 2000, solicita la aprobación de la reforma de los Estatutos de dicha Entidad, consistente en nombramientos o reelecciones de Junta Directiva: Principales y Suplentes, Directora de la Entidad y Revisor Fiscal, los cuales fueron reformados en Asamblea General Ordinaria No.30, efectuada el 5 de abril del presente año, según consta en el Acta de la misma fecha, suscrita por el Presidente y Secretaria de la Asamblea.

Que los documentos remitidos por la señora PILAR GÓMEZ DE TAMAYO, reúnen los requisitos exigidos por el artículo sexto de la citada Resolución 1780 del 17 de agosto de 1993.

Que por las anteriores consideraciones este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Aprobar la reforma de los estatutos de la Fundación “La Casita de Nicolás” aprobada por la Asamblea Ordinaria de Socios, efectuada el 5 de abril del año 2000, según consta en la correspondiente Acta, suscrita por el Presidente y Secretaria de la misma.

Artículo 2o.

Notificar a través de la División Jurídica de la Regional ICBF Antioquia, la presente Resolución al Representante Legal de la Fundación denominada “La Casita de Nicolás”, en los términos establecidos en el Código Contencioso Administrativo, haciéndole saber que contra ella solo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en el momento de su notificación o dentro de los cinco (5) días siguientes al mismo.

Artículo 3o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deberá ser publicada en el Diario Oficial.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C. 4 AGO. 2000 JUAN MANUEL URRUTIA VALENZUELA Director General

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