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RESOLUCION 4431 de 1999

“Por la cual se extiende el ejercicio de unas funciones”

Tipo
RESOLUCION
Número
4431
Año
1999
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución No. 2680 del 8 de junio de 1999, se establecieron los procedimientos para la celebración de contratos en el ICBF, se hicieron unas delegaciones y se derogaron las Resoluciones Nos. 2333 del 1°. de diciembre de 1989, 1400 del 10 de julio de 1996 y 2000 del 26 de junio de 1997.

Que por medio del Decreto No. 1137 del 29 de junio de 1999, se organizó el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar y se reestructuró el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Que por medio del Decreto No. 1138 del 29 de junio de 1999, se estableció la nueva organización interna del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Que por medio del Decreto No. 2206 del 11 de noviembre de 1999, se modificó la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

Que de conformidad con los mandatos de la Resolución 2680 del 8 de junio de 1999, se encuentran en curso procesos de contratación en los que están interviniendo los funcionarios, que en razón de los cargos que venían desempeñando hasta la entrada en vigencia de la nueva planta del ICBF, hacen parte del Comité de Contratación de la entidad de conformidad con el artículo 9 °, de la citada Resolución.

Que en aras de asegurar la debida continuidad en el adelantamiento de los procesos de contratación se hace necesario que los mismos prosigan, de manera transitoria, con la Intervención de los funcionarios a que se refiere el considerando anterior, mientras se ajusta la Resolución No 2680 del 8 de junio de 1999 a la nueva estructura interna del ICBF.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Mientras se produce la reforma de la Resolución No. 2680 del 8 de junio de 1999, los funcionarios que de conformidad con su artículo 9 ° hacen parte de los Comités de Contratación, continuarán ejerciendo sus funciones, independientemente de los cargos a los que han sido incorporados.

Artículo 2.

La reforma de la Resolución No. 2680 del 8 de junio de 1999, en lo que se refiere a la integración y funciones del Comité de Contratación, deberá adelantarse a más tardar el 28 de diciembre de 1999.

Artículo 3.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias, en especial las disposiciones pertinentes de la Resolución No. 2680 del 8 de junio de 1999.

Afecta la vigencia de: Deroga en lo pertinente (las disposiciones pertinentes de la Resolución No. 2680 del 8 de junio de 1999. ) RESOLUCION 2680 de 1999 COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santafé de Bogotá D.C. a los 29 NOV. 1999.

JUAN MANUEL URRUTIA VALENZUELA Director General

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