RESOLUCION 1400 de 1998
Por la cual se crea el Comité de Usuarios del SIG”
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 1400
- Año
- 1998
- Entidad
- Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las conferidas por el Artículo 39 del Acuerdo No.015 de 1995, aprobado por Decreto No. 2041 de 1995 y,
CONSIDERANDO:
Que desde 1991 se viene adelantando en el Instituto el Proyecto Sistema de Información Gerencial que comprende todos los proyectos y programas institucionales y por lo tanto reviste gran importancia en la ejecución de los mismos.
Que en la etapa de desarrollo en que se encuentra el citado proyecto se hace necesaria la creación de un Comité de Usuarios, con la finalidad de coordinar y hacer seguimiento a la implantación de los diferentes subsistemas que conforman el SIG.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1o.
Créase el Comité de Usuarios del SIG, el cual estará integrado así:
El Secretario General Administrativo El Secretario General Técnico El Subdirector de Planeación El Jefe de la Oficina de Informática El Comité será presidido por el Secretario General Administrativo y actuará como Secretario el Jefe de la Oficina de Informática. El Comité podrá deliberar con la presencia de por lo menos tres (3) de sus integrantes.
Parágrafo.
A las reuniones del Comité asistirán como invitados los Subdirectores, Jefes de Oficina y demás funcionarios que el Comité estime pertinente según el tema a tratar.
Artículo 2o.
El Comité de Usuarios del SIG, tendrá las siguientes funciones:
- Formular planes de seguimiento para que los usuarios del SIG implanten eficaz y ágilmente el uso de los diferentes subsistemas.
- Proponer soluciones para los inconvenientes que se presenten en la aplicación de los subsistemas.
- Rendir informes sobre su gestión a la Dirección General.
Artículo 3o.
El Comité de Usuarios del SIG., se reunirá ordinariamente una vez al mes o extraordinariamente cuando sea convocado por el Secretario General Administrativo.
Artículo 4o.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a los 18 MAYO 1998 ADELINA COVO DE GUERRERO Directora General
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