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RESOLUCION 1347 de 1996

Por la cual se crea y determinan las funciones de un Grupo Interno de Trabajo en la Regional ICBF Santafé de Bogotá

Tipo
RESOLUCION
Número
1347
Año
1996
Entidad
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el Artículo 40 del Acuerdo No. 015 de agosto de 1995, aprobado por Decreto 2041 de noviembre de 1995,

RESUELVE:

Artículo 1o.

Creer en le División de Protección de la Regional ICBF Santafé de Bogota, el Grupo de Instituciones.

Artículo 2o.

Son funciones del Grupo de instituciones:
1. Ejercer permanente control, supervisión y asesoría a las Instituciones del SNBF, con las cuales el ICBF tiene establecido Contrato de Aportes para atención del menor en situación irregular.
2. Dar cumplimiento al Artículo 84 del Código del Menor efectuando mensualmente seguimiento a los menores ubicados en las instituciones baja medida de Protección y atendiendo las delegaciones que asignen los Centros Zonales.
3. Determinar la ubicación de los menores, en Instituciones de acuerdo a la disponibilidad da cupos contratados y dando respuesta a las solicitudes que llegan de los Centros Zonales.
4. Vigilar en forma permanente la utilización de cupos en las Instituciones con las cuales la Regional celebra contrato, proponiendo y ejecutando los correctivos necesarios para su adecuación.
5. Convocar a Equipos Técnicos con la participación de Centros Zonales e Instituciones, con el fin de agilizar los procesos de protección.
6. Las demás que le sean asignadas, dentro del área de su competencia.

Artículo 3o.

El Director de la Regional ICBF Santafe de Bogotá designará mediante Resolución, el funcionario que ejercerá las funciones de Coordinador en el Grupo interno de trabajo creado mediante la presente Resolución.
Parágrafo.
Son funciones del Coordinador del Grupo de Instituciones:
1. Responder por el oportuno y correcto cumplimiento de las funcionas asignadas al Grupo.
2. Programar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades del personal a su cargo.
3. Efectuar la calificación de servicios del personal a su cargo.
4. Mantener actualizado el inventario de muebles, enseres y equipos y propender por el buen uso de los mismos.
5. Presentar al respectivo Jefe de División informes periódicos sobre al desarrollo de las actividades del Grupo.

Artículo 4o.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a los 2 JULIO 1996.

ADELINA COVO DE GUERRERO Directora General

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