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RESOLUCION 0001 de 2005

POR LA CUAL SE ASIGNAN UNOS RECURSOS

Tipo
RESOLUCION
Número
0001
Año
2005
Entidad
Consejo Nacional de Estupefacientes
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL CONSEJO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES En virtud de las facultades y en especial las contenidas en la ley 30 de 1986, en el parágrafo único del Artículo 12 y en el Artículo 19 de la ley 793 del 27 de diciembre de 2002

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Artículo 19 de la ley 793 de 2002, los gastos que se generen con ocasión del trámite de extinción de dominio, así como los que se presenten por la administración de los bienes en el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado, se pagarán con cargo a los rendimientos financieros de los bienes que han ingresado en dicho fondo.

Que de conformidad con el citado artículo, corresponde al Consejo Nacional de Estupefacientes la destinación de los rendimientos financieros, de acuerdo con los soportes que para efecto presenten las entidades miembros de dicho órgano.

Que en sección del dos (2) de febrero de 2005, se presentó a consideración del Consejo Nacional de Estupefacientes el presupuesto detallado de gastos necesarios para la administración de bienes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado.

Que según consta en el Acta número 001 del 02 de febrero de 2005, el Consejo Nacional de Estupefacientes aprobó el presupuesto presentado por la Dirección Nacional de Estupefacientes por la suma DOS MIL SETECIENTOS DIEZ MILLONES DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS (2.710.002.477) para pago de servicios personales indirectos, adquisición de bienes, adquisición de servicios y caja menor y restitución de gastos a la DNE.

Que igualmente en la mencionada sesión del 2 de febrero de 2005, se sometió a consideración del Consejo Nacional de Estupefacientes la aprobación del presupuesto para cumplimiento de varias obligaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, relacionadas, así: fallo del Consejo de Estado de fecha 19 de octubre de 2004, costos de auditoría ambiental, Análisis de Laboratorio Glifosato Puro y mezcla y Seguimiento Plan de Manejo Ambiental del rubro otras transferencias previa distribución DNE.

Que según consta en el Acta 001 del 2 de febrero de 2005, el Consejo Nacional de Estupefacientes aprobó a favor de la Dirección Nacional de Estupefacientes la distribución del rubro otras transferencias previa distribución del CNE la suma de OCHOCIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS (820.471.476) para el cumplimiento del fallo del Consejo de Estado de fecha 19 de octubre de 2004, costos de auditoría ambiental, Análisis de Laboratorio Glifosato Puro y mezcla y Seguimiento Plan de Manejo Ambiental.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Asignar de los recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha Contra el Crimen Organizado, según lo dispuesto en la sesión del 2 de febrero de 2005, para la vigencia del 2005, a favor de la Dirección Nacional de Estupefacientes, la sumas de que se relacionan a continuación:

Gastos de Personal – Servicios Personales Indirectos 583,120,000 Adquisición de Bienes 210,000,000 Adquisición de Servicios 1,842,857,336 Caja Menor 50,000,000 Restitución de gastos a la D.N.E 24,025,141 Total 2,710,002,477

Artículo segundo.

Asignar del rubro 3223 - Otras Transferencias (Previa Distribución del Consejo Nacional de Estupefacientes), según lo dispuesto la sesión del 2 de febrero de 2005, a favor de la Dirección Nacional de Estupefacientes las siguientes sumas:

Cumplimiento del Fallo Consejo de Estado 563,976,469 Costos de Auditoría Ambiental 169,961,738 Análisis de Laboratorio Glifosato Puro y mezcla 6,533,269 Seguimiento Plan de Manejo Ambiental 80,000,000 Total 820,471,476

Artículo tercero.

Comunicar la presente resolución a la Secretaría General Grupo Gestión Financiera dela Dirección Nacional de Estupefacientes.

Artículo cuarto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de febrero de 2005 SABAS PRETELT DE LA VEGA Presidente FRANCISCO HERNANDEZ VALDERRAMA Secretario Técnico (E)

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