RESOLUCION 1031 de 2010
Por la cual se modifica el artículo 6o de la Resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1o de la Resolución 715 de 2009
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 1031
- Año
- 2010
- Entidad
- MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el artículo 378 de la Ley 09 de 1979, la Ley 170 de 1994 y el parágrafo 3 o del artículo 14 del Decreto 616 de 2006 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 o de la Resolución 2997 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, mediante el cual se establecieron los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos que deben cumplir los lactosueros en polvo, fue modificado por el artículo 1 o de la Resolución 715 de 2009, en cuanto a los requisitos fisicoquímicos de la lactosa y de las cenizas del lactosuero en polvo con el fin de armonizar la reglamentación nacional con la internacional y garantizar la calidad de los productos para proteger la salud humana.
Que con la misma finalidad señalada en el considerando anterior se hace necesario modificar los requisitos fisicoquímicos de grasa de lactosuero parcialmente desmineralizado y de la lactosa del lactosuero dulce normal. En mérito de lo anterior, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1.
o. Modificar el artículo 6 o de la Resolución 2997 de 2007 modificado por el artículo 1 o de la Resolución 715 de 2009, el cual quedará así: “Artículo 6 o.
- Requisitos fisicoquímicos y microbiológicos de los lactosueros en polvo.
Los lactosueros en polvo deben cumplir con los siguientes requisitos fisicoquímicos y microbiológicos: Tabla 2. Requisitos fisicoquímicos de los lactosueros dulces
Tabla 3.
Requisitos microbiológicos generales de los lactosueros Siendo: n: Número de muestras a examinar m: Índice máximo permisible para identificar nivel de buena calidad M: Índice máximo permisible para identificar nivel aceptable de calidad C: Número de muestras permisibles con resultados entre m y M Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 6 RESOLUCION 2997 de 2007
Artículo 2.
o. Vigencia y Derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 6 o de la Resolución 2997 de 2007, modificado por el artículo 1 o de la Resolución 715 de 2009 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 19 MAR 2010 DIEGO PALACIO BETANCOURT Ministro de la Protección Social
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