RESOLUCION 0715 de 2009
Por la cual se modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 0715
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el artículo 378 de la Ley 09 de 1979, la Ley 170 de de 1994 y el parágrafo 3º del artículo 14 del Decreto 616 de 2006 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 2997 de 2007 se estableció el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los lactosueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumo humano.
Que se hace necesario modificar los requisitos fisicoquímicos de la lactosa y de las cenizas del lactosuero permeado, con el fin de armonizar la reglamentación nacional con la internacional, y de esta forma, garantizar la calidad de estos productos con el fin de proteger la salud humana y prevenir posibles daños a la misma. En mérito de lo anterior, este Despacho,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Modificar el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007, el cual quedará así:
“
Artículo 6º.
- Requisitos fisicoquímicos y microbiológicos de los lactosueros en polvo. Los lactosueros en polvo deben cumplir con los siguientes requisitos fisicoquímicos y microbiológicos:
Tabla 2. Requisitos fisicoquímicos de los lactosueros Tabla 3. Requisitos microbiológicos generales de los lactosueros Siendo: n: Número de muestras a examinar m: Índice máximo permisible para identificar nivel de buena calidad M: Índice máximo permisible para identificar nivel aceptable de calidad C: Número de muestras permisibles con resultados entre m y M” Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 6 RESOLUCION 2997 de 2007
Artículo 2°.
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 6º de la Resolución 2997 de 2007 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los DIEGO PALACIO BETANCOURT Ministro de la Protección Social
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