RESOLUCION 689 de 2015
“Por la cual se adopta la Política Ambiental y se implementan los Programas Ambientales en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio”
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 689
- Año
- 2015
- Entidad
- MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en los numerales 6, 12, 16 y 17, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional en su capítulo III estatuye, en materia ambiental, el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del entorno, prevenir y controlar los factores de deterioro y fomentar la educación ambiental.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio debe velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental conforme con, el Código Nacional de Recursos Naturales Renovales y de Protección al Medio Ambiente, el Código Sanitario Nacional, la Ley 99 de 1993 y demás normativa y reglamentación vigente aplicable.
Que de acuerdo con la Ley 373 de 1997, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, como entidad pública debe desarrollar y establecer medidas y programas para promover el uso eficiente de agua potable.
Que en cumplimiento de la Ley 697 de 2001, mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energía, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene el deber de formular e implementar programas que garanticen el uso y consumo responsable de dicho recurso.
Que mediante Resolución 0273 de 2014, “ Por la cual se adoptan las estrategias de manejo ambiental al interior del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio”, se define la política ambiental como una línea de acción de manejo al interior del Ministerio.
Que en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se han adelantado acciones de diagnóstico y formulación de alternativas para el manejo de los aspectos y componentes ambientales de la entidad.
Que en virtud de lo anterior y obrando de conformidad con las normas vigentes que regulan la Gestión Ambiental y con el propósito de garantizar la preservación de los recursos naturales y la minimización de los residuos generados en las actividades administrativas, operativas y de servicios en el cumplimiento de su misión, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio le asiste la responsabilidad de establecer y adoptar la Política Ambiental, tendiente a implementar las directrices de la entidad hacia las buenas prácticas ambientales.
Que en merito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Adopción de la Política Ambiental. Se adopta la Política Ambiental del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en los siguientes términos: El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en cumplimiento de su misión y la ejecución de sus actividades, tiene el compromiso de desarrollar un adecuado manejo ambiental al interior de sus instalaciones, mediante la adopción, implementación y mantenimiento de las estrategias, proyectos y programas ambientales, con el fin de fortalecer la conciencia y cultura ambiental en funcionarios, contratistas, ciudadanos y partes interesadas.
El compromiso ambiental incluye el cumplimiento de los requisitos legales ambientales aplicables al Ministerio, la búsqueda de herramientas y recursos que favorezcan la preservación y conservación del ambiente, el uso racional y eficiente de los recursos, la disminución de los residuos generados, el fortalecimiento de la educación ambiental y la mejora continua en nuestras actividades administrativas, operativas y de servicio.
Artículo segundo.
Directrices que soportan la política ambiental: La política ambiental se soportará en las siguientes directrices:
Implementar un eficiente manejo ambiental en el marco de la legislación vigente.
Identificar, prevenir, minimizar y controlar los impactos ambientales y la contaminación derivados de las actividades del Ministerio.
Implementar y mantener proyectos ambientales.
Implementar programas de control que incluyan la reutilización, el reciclaje el uso eficiente y racional de recursos.
Fomentar la cultura ambiental en los funcionarios, contratistas y visitantes.
Mejora continua en las actividades administrativas operativas y de servicio.
Artículo tercero.
Objetivos. La Política Ambiental del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tendrá los siguientes objetivos:
Preservar y conservar el medio ambiente Disminuir la generación de residuos Garantizar el uso adecuado de los recursos Impulsar buenas prácticas ambientales Propender por la educación ambiental
Artículo cuarto.
- Competencias. Con el fin de implementar la política ambiental en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, corresponde a las dependencias realizar las siguientes acciones:
Los Despachos del Ministro y Viceministro, Secretaría General, Subdirectores, y Jefes de Oficina, Serán los encargados de liderar y participar activamente en los procesos y actividades relacionados con la implementación de la Política Ambiental.
La Subdirección de Servicios Administrativos, Sera responsable de realizar las actividades de coordinación y comunicación necesarias para la implementación y divulgación de la política ambiental a todos los niveles de la entidad.
El Grupo de Recursos Físicos, será responsable del desarrollo de las actividades operativas y educativas relacionadas con la implementación de la Política Ambiental.
Demás Servidores del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, Deberán contribuir para que en el ejercicio de sus funciones, se genere el menor impacto ambiental posible, participando activamente en todos los espacios de capacitación y sensibilización ambiental referentes al consumo racional de la energía y el agua, la gestión integral de los residuos sólidos y la preservación y conservación del medio ambiente.
Artículo quinto.
Programas Ambientales para el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. De acuerdo con los objetivos planteados en la presente resolución, el Ministerio adoptará e implementará los siguientes programas:
Programa para el Uso Eficiente y Racional del Recurso Agua (PUEDA)
Programa para el Uso Eficiente de la Energía (PUEDE)
Programa para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos (GIRS)
Programa para la Formación y Sensibilización Ambiental (CONCIENCIA)
Artículo sexto.
Comunicación y Divulgación. La Política Ambiental, será comunicada y divulgada, acatando las políticas y lineamientos de comunicación implementados al interior del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo septimo.
Vigencia: la presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 04 de septiembre de 2015 Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial LUIS FELIPE HENAO CARDONA
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