RESOLUCION 1484 de 2010
“Por el cual se asignan apoyos financieros de la Nación a al Departamento del Atlántico para la vigencia 2010 –para la financiación del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS RUTAS DE TRANSMETRO EN EL MUNICIPIO DE SOLEDAD, DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO”.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 1484
- Año
- 2010
- Entidad
- MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA VICEMINISTRA DE AGUA Y SANEAMIENTO En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 59 y el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, en el artículo 2° del Decreto-Ley 216 de 2003, en el artículo 94 de la ley 1151 de 2007, Ley 1365 del 2009, Decreto de Liquidación No. 4996 del 2009 en el artículo 20 del Decreto 3200 de 2008, en el artículo 1° de la Resolución 2130 de 2006
CONSIDERANDO:
Que el artículo 94 de la Ley 1151 de 2007, por medio del cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 “ Estado comunitario- Desarrollo para todos”, determina: “(…) 400.000 millones de pesos adicionales se destinarán a nuevos proyectos que presentarán las entidades territoriales de acuerdo con criterios de equidad y racionalización que defina el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial.”
Que el artículo 18 de Decreto 3200 de 2008 establece: “APOYO DE LA NACION AL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO. Para efectos de lo previsto en la Ley 1151 de 2007, en especial, en el numeral 3.5 del artículo 6º y los articulo 91, 93 y 94 y en el presente decreto, los recursos de cofinanciación, aportes de inversión regional y apoyo de la Nación al sector, son los apoyos financieros constituidos por las apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación en el marco de los PDA, al igual que la asistencia técnica y/o los apoyos en especie entregados.”
Que en armonía con el artículo 19 del Decreto 3200 de 2008, establece que: “En el marco de los PDA, las entidades territoriales podrán acceder a los apoyos que se refiere el artículo anterior, a través de bolsas de apoyo financiero (…)
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Decreto 3200 de 2008 “ Los recursos de apoyo financiero de la Nación serán asignados por el MAVDT mediante resolución. PARAGRAFO PRIMERO. Expedida la resolución y el registro presupuestal correspondiente, los recursos se entenderán comprometidos presupuestalmente a favor de la entidad territorial beneficiaria(…).
Que el artículo 21 del Decreto 3200 de 2008 dispuso que para hacer exigible el pago de los apoyos financieros de la Nación, se requiere de la celebración de un convenio de uso de recursos entre MAVDT y la respectiva entidad territorial, el cual deberá contener, como mínimo, lo siguiente: a) Términos y condiciones en que se invertirán los apoyos financieros otorgados por la Nación; b) Esquema para el manejo de los recursos (…).
Que mediante la Ley 1365 de 2009 y el Decreto de Liquidación No. 4996 del 2009, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público asignó al siguiente proyecto del Presupuesto de Gastos de Inversión del MINISTERIO para la vigencia 2010: Sección 0670 Apoyo Subprograma 1200 Intersubsectorial Saneamiento Básico; Proyecto 006 “APOYO FINANCIERO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS RUTAS DE TRANSMETRO EN EL MUNICIPIO DE SOLEDAD, DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO”.
Que el comité Técnico de la Ventanilla Única No. 40 del 28 de julio de 2010 emitió concepto de viabilidad del proyecto financiado mediante la presente Resolución.
Que de conformidad con lo establecido en las fichas de viabilizacion del proyecto, financiado mediante la presente Resolución, la contratación de las obras la adelantará el departamento del Atlántico y la interventora técnica de las mismas, será asumida por la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo TRIPLE A.
Que en la guía de acceso, elegibilidad, presentación y viabilizacion de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que recibirán recursos de apoyo de la Nación mediante el mecanismo de Ventanilla Única, concretamente en el formato resumen del proyecto, adoptada por la Resolución 813 del 19 de mayo de 2008 expedida por el MAVDT, se establece que el 2% de los recursos de apoyo financiero de la Nación para proyectos del sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, serán destinados al seguimiento de los recursos asignados, pr parte del Ministerio, los cuales se mantendrán dentro del presupuesto del MAVDT para los fines pertinentes.
Que en el Presupuesto de Inversión aprobado por al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, para la vigencia fiscal de 2010, existen recursos disponibles y libres de afectación según certificado de disponibilidad expedidos por el Coordinador del Grupo de Finanzas y Presupuesto del Ministerio, así:
CDP DEPARTAMENTO PROYECTO OBRA CIVIL 1872 de 02 de agosto de 2010 ATLANTICO Apoyo financiero para la construcción de las redes de acueducto y sanitario en las rutas de Transmetro en el municipio de Soledad, Departamento del Atlántico. 10.548´000.000
RESUELVE:
Artículo primero.
- Asignar en forma definitiva, como apoyo financiero de la Nación la suma total de DIEZ MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/L ($10.584.000.000) con cargo al rubro presupuestal 0670-1200-006-11 para la ejecución del siguiente proyecto:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO PROYECTO VALOR ATLANTICO SOLEDAD Apoyo financiero para la construcción de las redes de acueducto y sanitario en las rutas de Transmetro en el municipio de Soledad, Departamento del Atlántico. 10.548´000.000 TOTAL ASIGNADO 10.548´000.000
Artículo segundo.
- El apoyo financiero asignado se imputará al Presupuesto del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial vigencia 2009, Programa 0670 ”Apoyo”, Subprograma 1200 “Intersubsectorial Saneamiento Básico”; proyecto 006 “ APOYO FINANCIERO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS REDES DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO EN LAS RUTAS DE TRANSMETRO EN EL MUNICIPIO DE SOLEDAD, DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO”.
Artículo tercero.
- La asignación efectuada en el presente acto administrativo compromete presupuestalmente los recursos asignados en los términos del parágrafo primero del artículo 20 del Decreto 3200 de 2008.
Artículo cuarto.
- El desembolso de los apoyos financieros otorgados por la Nación se hará exigible una vez la entidad beneficiara cumpla los requisitos previstos en el artículo 21 del Decreto 3200 de 2008.
Parágrafo.
Sin perjuicio de lo previsto en el presente artículo el desembolso del apoyo financiero se encuentra sujeto a la disponibilidad de PAC.
Artículo quinto.
- La Interventora de las obras, la asumirá la Sociedad de Acueducto, alcantarillado y Aseo TRIPLE A de Barranquilla.
Artículo sexto.
- La asignación definitiva de apoyos financieros contenida en el presente acto administrativo, perderá efectos cuando la entidad beneficiaria no acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el giro de los recursos asignados mediante la presente resolución, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de expedición de la presente Resolución, de conformidad con el parágrafo cuarto del artículo 20 del Decreto 3200 de 2008.
Artículo séptimo.
- El ejecutor del proyecto será el Departamento del Atlántico, en consecuencia, dicho Departamento será el responsable de adelantar los procesos precontractuales y contractuales necesarios para la ejecución del proyecto
Artículo octavo.
- En caso de incumplimiento del Convenio de Uso de Recursos por actos u omisiones imputables a la entidad beneficiaria, se aplicará las medidas contempladas en dicho Convenio. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE:
Dada en Bogotá D.C., a los Viceministra de Agua y Saneamiento LEYLA ROJAS MOLANO
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