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RESOLUCION 2189 de 2010

“Por el cual se asignan apoyos financieros de la Nación a los municipios de Medio San Juan (Andagoya), Novita, Rio Quito, Istmina, Union Panamericana (Animas), Cantón de San Pablo, Atrato, Bahia Solano, Medio Baudó, Nuquí, Acandi (incluido el Corregimiento de Capurgana) y San Jose del Palmar, con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2010”.

Tipo
RESOLUCION
Número
2189
Año
2010
Entidad
MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
Fuente
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Texto completo

LA VICEMINISTRA DE AGUA Y SANEAMIENTO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias establecidas en el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, en el artículo 2° del Decreto – Ley 216 de 2003, en el artículo 94 de la Ley 1151 de 2007, en el Decreto 3137 de 2006, y en el artículo 1° de la Resolución 1469 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, autoriza en su artículo 365 la prestación de los servicios por el Estado directa o indirectamente, por comunidades organizada o por particulares.

Que de conformidad con el artículo 5 de la Ley 142 de 1994 corresponde al municipio asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico y disponer el otorgamiento de subsidios a los usuarios de menores ingresos, con cargo al presupuesto del municipio, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1176 de 2007.

Que el Gobierno Español a través del Consejo de Ministros en la reunión del día 30 de octubre de 2009, autorizó la concesión de un aporte no reembolsable para la ejecución del Programa “ Aseguramiento de la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Agua Potable y Saneamiento Básico – Todos por el Pacífico”, en adelante el Programa, cuyo objeto principal es “ incrementar la cobertura de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, la sostenibilidad empresarial y la gestión y fortalecimiento institucional para los habitantes del pacifico colombiano mediante la implementación de un Aseguramiento de la Prestación del Servicio masivo que disminuya el rezago de esta región frente a los promedios nacionales y propendiendo a alcanzar las metas del desarrollo milenio.”

Que en el marco de la cooperación española, el Ministerio en su calidad de Beneficiario de la Subvención, suscribió el 25 de noviembre de 2009, con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España un Convenio de Financiación, en el cual se formalizó la financiación autorizada y se definieron las condiciones de la cooperación española.

Que el 28 de junio de 2010, el Gobierno Español, la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional y el Ministerio suscribieron un memorando de entendimiento con el objeto, entre otros, de establecer las pautas para la adecuada coordinación interinstitucional para la ejecución del Programa y de facilitar la ejecución y el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio de Cooperación.

Que en cumplimiento de lo anterior, el 30 de junio de 2010 el Ministerio suscribió con la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional el Convenio Interadministrativo de Traslado de Recursos No. 076, cuyo objeto es que Acción Social canalice los fondos españoles provenientes de la subvención.

Que acorde con los lineamientos del Gobierno Español, los municipios de Medio San Juan (Andagoya), Novita, Rio Quito, Istmina, Union Panamericana (Animas), Cantón de San Pablo, Atrato, Bahia Solano, Medio Baudó, Nuquí, Acandi (incluido el Corregimiento de Capurgana) y San José del Palmar, han sido seleccionados para ser beneficiarios de los recursos del programa.

Que la Nación aportará para la implementación del Programa, una contrapartida para la cofinanciación del mismo, recursos que junto con los de cooperación internacional mencionados en el considerando anterior, serán asignados como apoyo financiero por parte de la Nación – Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial a los municipios mencionados en el considerando anterior. El valor total de dicha contrapartida será la suma de Treinta Mil Millones de Pesos ($30.000.000.000).

Que acorde con las disposiciones de la cooperación española, la institución ejecutora del Programa será una empresa de servicios públicos domiciliarios de carácter oficial seleccionada por el Ministerio.

Que la Nació aportará para la implementación del Programa, una contrapartida para la financiación del mismo, recursos que junto con los de cooperación internacional mencionados en el considerando anterior, serán asignados como apoyo financiero por parte de la Nación – Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial a los municipios antes mencionados.

Que mediante Resolución No. 1483 del 2 de agosto de 2010 de este Ministerio, se asignaron apoyos financieros de la Nación a los Municipios de Medio San Juan (Andagoya), Novita, Rio Quito, Istmina, Union Panamericana (Animas), Cantón de San Pablo, Atrato, Bahia Solano, Medio Baudó, Nuquí, Acandi (incluido el Corregimiento de Capurgana) y San José del Palmar, por valor total de Sesenta Mil Millones de Pesos ($60.000.000.000), según el siguiente detalle:

MUNICIPIO ASIGNACIÓN TOTAL RECURSOS ESTIMADOS COOPEACION RECURSOS CONTRAPARTIDA NACION Acandi 10.774.000.000 7.183.000.000 3.591.000.000 Atrato 10.236.000.000 6.824.000.000 3.412.000.000 Bahia Solano 8.766.000.000 5.844.000.000 2.922.000.000 Cantón de San Pablo 6.472.000.000 4.315.000.000 2.157.000.000 Istmina 10.229.000.000 6.819.000.000 3.410.000.000 Medio Baudo 1.798.000.000 1.199.000.000 599.000.000 Medio San Juan 4.056.000.000 2.704.000.000 1.352.000.000 Novita 4.833.000.000 3.222.000.000 1.611.000.000 Nuquí 5.148.000.000 3.432.000.000 1.716.000.000 Rio Quito 3.222.000.000 2.148.000.000 1.074.000.000 San José del Palmar 1.205.000.000 803.000.000 402.000.000 Tado 18.254.000.000 12.169.000.000 6.085.000.000 Unión Panamericana 5.007.000.000 3.338.000.000 1.669.000.000 Total 90.000.000.000 60.000.000 30.000.000 Que mediante Resolución No. 1689 del 30 de agosto de 2010 se efectuó el traslado en el Presupuesto de Inversión del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – Gestión General para la vigencia 2010 al proyecto 670-1200-8 Recurso “ Apoyo para el aseguramiento de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico en el Departamento de Chocó”, de hasta Treinta Mil Millones de Pesos ($30.000.000.000).

Que como consecuencia de lo anterior, existen recursos disponibles y libres de afectación según consta en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, hasta por los valores que a continuación se relacionan:

CDP No.

MUNICIPIO VALOR 2.739 Acandi 3.591.000.000 2.740 Atrato 3.412.000.000 2741 Bahia Solano 2.922.000.000 2741 Cantón de San Pablo 2.157.000.000 3410 Istmina 3.410.000.000 2744 Medio Baudo 599.000.000 2745 Medio San Juan 1.352.000.000 2746 Novita 1.611.000.000 2747 Nuquí 1.716.000.000 2748 Rio Quito 1.074.000.000 2749 San José del Palmar 402.000.000 2750 Tado 6.085.000.000 2751 Unión Panamericana 1.669.000.000 Que en merito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

- Asignar como apoyo financiero para la implementación del Programa “ Aseguramiento de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico en el Departamento de Chocó” a los siguientes municipios, las cuantías que se señalan a continuación:

NIT MUNICIPIO TOTAL ASIGNADO 891.680.050-8 Acandi 3.591.000.000 818.000.395-1 Atrato 3.412.000.000 891.680.395-3 Bahia Solano 2.922.000.000 800.239.414-5 Cantón de San Pablo 2.157.000.000 891.680.067-2 Istmina 3.410.000.000 818.000.907-2 Medio Baudo 599.000.000 818.001.206-2 Medio San Juan 1.352.000.000 891.680.075-1 Novita 1.611.000.000 891.680.076-9 Nuquí 1.716.000.000 818.000.899-1 Rio Quito 1.074.000.000 891.680.080-9 San José del Palmar 402.000.000 891.680.081-6 Tado 6.085.000.000 818.000.961-0 Unión Panamericana 1.669.000.000 Total 30.000.000.000

Artículo 2.

- El apoyo financiero asignado se imputará al presupuesto de inversión del Ministerio para la vigencia fiscal 2010, proyecto 670-1200-8 Recurso 11 “ Apoyo para el aseguramiento de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico en el Departamento del Chocó”

Artículo 3°.

- De conformidad con el parágrafo primero del artículo 20 del Decreto 3200 de 2008, la asignación efectuada en el presente acto administrativo compromete presupuestalmente los recursos asignados.

Parágrafo. -
La incorporación de los recursos de apoyo financiero asignados a través del presente acto administrativo, se realizará por los municipios beneficiarios sin situación de fondos.

Artículo 4°.

- El desembolso de lo apoyos financieros otorgados por la Nación se hará exigible una vez las entidades beneficiarias cumplan los requisitos previstos en el artículo 21 del Decreto 3200 de 2008. .

Parágrafo 1. -
El desembolso de los apoyos financieros otorgados se efectuará a la cuenta bancaria del esquema fiduciario contratado para el manejo de los recursos del Programa, en el marco del procedimiento de ejecución de los recursos acordado entre el Gobierno Nacional y el Gobierno Español Parágrafo 2. Sin perjuicio de lo previsto en el presente artículo, el desembolso del apoyo financiero se encuentra sujeto a la disponibilidad de PAC.

Artículo 5°.

De conformidad con el parágrafo cuarto del artículo 20 del Decreto 3200 de 2008, la asignación de los apoyos financieros contenida en el presente acto administrativo, perderá efectos cuando la entidad beneficiaria no acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 21 del Decreto 3200 de 2008, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de comunicación de la presente Resolución. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE:

Viceministra de Agua y Saneamiento CLAUDIA PATRICIA MORA PINEDA

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