RESOLUCION 80 de 2002
por la cual se modifica la Resolución número 019 de 2001 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 80
- Año
- 2002
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución CREG-068 de 1998, la Comisión expidió disposiciones relativas a la integración de mercados de comercialización y distribución de electricidad;
Que la Resolución CREG-068 de 1998 establece la unificación de los costos de comercialización a partir de una ponderación de los costos base de comercialización aprobados por la Comisión a los comercializadores de los mercados preexistentes. Tal ponderación se realiza con el número de facturas anuales que sirvieron de base para la aprobación de los costos base de comercialización de cada uno de los mercados a integrar;
Que mediante la Resolución CREG-019 de 2001, la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijó los costos unificados de distribución y comercialización, aplicables a los usuarios del nuevo Sistema de Transmisión Regional y/o Distribución Local, resultante de la integración de los STR's y/o SDL's actualmente operados por Empresas Públicas de Medellín ESP, y Empresas Públicas de San Pedro ESP;
Que mediante comunicación número 1031493 del 10 de septiembre de 2002, radicado CREG-8139 de 2002, Empresas Públicas de Medellín ESP, solicitó a la CREG, de acuerdo con los términos de la Resolución CREG-068 de 1998, la unificación de los costos base de comercialización y cargos por uso del STR y/o SDL de los actuales mercados de Empresas Públicas de Medellín ESP y el municipio de Entrerríos;
Que al revisar los antecedentes de los cargos aprobados de distribución y comercialización para el Mercado de Empresas Públicas de Medellín y en especial, la Resolución CREG-019 de 2001, se encontró que al calcular el cargo base de comercialización del mercado unificado de EPM y San Pedro, se utilizó como ponderador para el caso de las Empresas Públicas de San Pedro el número de facturas emitidas en el año 2000 y no el número de facturas que sirvieron como base para calcular el cargo de comercialización, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG-068 de 1998;
Que mediante comunicaciones MMECREG-3477 del 16 de octubre, 3991 y 4188 del 6 y 15 de noviembre de 2002, se solicitó a Empresas Públicas de Medellín pronunciarse sobre la posible modificación de la Resolución CREG-019 de 2001, en el sentido de corregir la inconsistencia encontrada;
Que Empresas Públicas de Medellín ESP, a través del oficio número 1043680 del 18 de noviembre de 2002 (radicado CREG-0489 de 2002) acepta se modifique la Resolución CREG-019 de 2001 en el sentido expuesto;
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión No. 204 del 26 de noviembre de 2002, acordó expedir la presente resolución,
RESUELVE:
Artículo 1°.
El artículo 3º de la Resolución CREG-019 de 2001, quedará así:
“Costo Base de Comercialización unificado para el nuevo mercado. El Costo Base de Comercialización expresado en $/factura, aplicable a los usuarios regulados del nuevo mercado resultante de la integración de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local operados por Empresas Públicas de Medellín ESP, y Empresas Públicas de San Pedro ESP, a pesos de diciembre de 1995, se fija como máximo en:
Mil quinientos cuarenta y nueve pesos por factura.
C*0 = 1,549 $/Factura ($ de diciembre de 1995)”
Artículo 2°.
Notificación, publicación y recursos. La presente resolución deberá notificarse a Empresas Públicas de Medellín ESP, y publicarse en el Diario Oficial. Contra este acto procede el recurso de reposición que podrá interponerse ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación. Notifíquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2002.
El Ministro de Minas y Energía, Luis Ernesto Mejía Castro, Presidente.
El Director Ejecutivo, Jaime Alberto Blandón Díaz.
(C.F.)
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