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Resolución Orgánica 004 de 2023

Resolución Orgánica 004 de 2023 Auditoría General de la República

Tipo
Resolución Orgánica
Número
004
Año
2023
Fecha
28 de abril de 2023
Entidad
Auditoría General de la República
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN ORGÁNICA 004 DE 2023

(Abril 28)

_Por la cual se define el puntaje crítico de corte aplicable a la certificación anual de gestión de las contralorías territoriales respecto de la vigencia 2023, que se expedirá en el primer trimestre de 2024_

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de fas facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las conferidas en los artículos 274 y 272 de la Constitución Política, en el numeral 70 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000; en el artículo 30 del Decreto Ley 403 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Orgánica No. [010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120169) del 30 de diciembre de 2021 adoptó el procedimiento, la metodología y los parámetros para la certificación anual de gestión y las evaluaciones parciales trimestrales de las contralorías territoriales, aplicables para la vigencia 2023.

Que la Resolución Orgánica No.[ 015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139019)[1] del 23 de diciembre de 2022 "Por la cual se establece la versión aplicable de la metodología para la certificación anual de gestión y las evaluaciones parciales trimestrales de las contralorías territoriales" adoptó la versión 4.1. que regirá para la medición de la gestión de la vigencia 2023 y en adelante.

Que de conformidad con la metodología antes referida, el índice de desempeño integral de las contralorías en un número que va de 0 a 100 puntos y representa el desempeño integral de cada uno de los órganos de control fiscal territorial.

Que el índice de desempeño integral es la base para emitir la decisión sobre la certificación anual de gestión de las contralorías territoriales.

Que la certificación de las contralorías se realiza a partir de un puntaje crítico de certificación anual (Pcerificación_anual). Este puntaje será comparado con el índice de desempeño integral de cada contraloría.

Que la certificación sólo se puede otorgar cuando el valor del índice de desempeño integral de la contraloría es superior o igual al puntaje crítico de certificación anual.

Que en la versión 4.1 de la metodología se define el procedimiento para calcular el puntaje crítico de certificación anual de las contralorías territoriales a partir del puntaje de certificación del año anterior, lo que permite contar con un referente previo de desempeño relativo.

Que de conformidad con la metodología, para calcular el valor crítico de certificación (Pcertificación_anual), se aplica la ecuación fundamental de la certificación anual de las contralorías territoriales Pcertificación_anual (t) = _µAuditeCT(t-1) ƟσAuditeCT(t-1)._ Que la metodología establece que, cuando el puntaje del índice de desempeño integral de la contraloría territorial sea igual o superior a 70 puntos, la misma será certificada, sin importar el puntaje critico o punto de corte aplicable para la vigencia correspondiente.

Que la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico de la entidad aplicó el método para determinar el puntaje crítico de certificación para la vigencia 2023, y estableció que éste es de 77,12 puntos.

Que en consecuencia, es procedente aplicar la regla establecida en la metodología y definir el punto crítico de corte para la certificación de la gestión de las contralorías territoriales de la vigencia 2023, en 70 puntos. En mérito de lo expuesto, la Auditora General de la República, en uso de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias:

RESUELVE:

Artículo 1º. Puntaje crítico de certificación. Fijar el puntaje crítico o punto de corte para la certificación anual de gestión de las contralorías territoriales respecto de la vigencia 2023, que se expedirá en el primer trimestre de 2024, en 70 puntos. Artículo 2º. Comunicación. Comunicar a todas las contralorías territoriales el contenido de la presente Resolución, por conducto de la Auditoría Auxiliar. Artículo 3º. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación Dada en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de abril del año 2023. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ALMA CARMENZA ERAZO MONTENEGRO

Auditoria de la República. NOTA: Ver norma original en anexos | | Nombre y Apellido | Firma | Fecha | ---|---|---|---|--- Proyectado por: | Luz Jimena Duque Botero Auditora Auxiliar | | 28-04-2023 | Revisado por: | Luz Jimena Duque Botero Auditora Auxiliar | | | 28-04-2023 Aprobado por: | Pablo Andrés Olarte Huguet Director Oficina Jurídica | | 28-04-2023 | Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma. | | | | | | * * * [1] Derogó la Resolución Orgánica 011 de 2021

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