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Acuerdo 003 de 2001

Acuerdo 003 de 2001 Canal Capital

Tipo
Acuerdo
Número
003
Año
2001
Fecha
7 de diciembre de 2001
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 003 DE 2001 (Diciembre 07) [Derogado parcialmente por Acuerdo del Canal Capital 08 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20138#0) _Por medio del cual se establece la planta de cargos de Canal Capital Ltda. y se dictan otras disposiciones_ LA JUNTA ADMINISTRADORA REGIONAL DE CANAL CAPITAL LTDA. En ejercicio de sus facultades legales yestatutarias, especialmente las señaladas en elartículo 13o, numeral 10o del Acuerdo 2 de1997, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5238) de 2001, la Junta Administradora Regional adoptó la estructura organizacional y se fijaron las funciones de las dependencias de Canal Capital Ltda.

Que el Acuerdo No. [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9610) del 11 de septiembre de 1998, faculta a la Junta Administradora Regional para adoptar la planta de personal y fijar la escala salarial para los empleados públicos y trabajadores oficiales, así como el régimen de beneficios extralegales de los trabajadores de la entidad.

Que el artículo 30 del Decreto Ley 1569 de 1998 establece que para el manejo del sistema de nomenclatura y clasificación de plantas de personal de empleados públicos, cada empleo se identifica con un código de 3 dígitos. El primero señala el nivel al cual pertenece el empleo y los dos restantes indican la denominación del cargo.

Que la Junta Administradora Regional ha discutido y aprobado los términos del presente Acuerdo en sesión del 7 de diciembre de 2001 como consta en el acta que da fe de la misma.

Que por lo antes expuesto, la Junta Administradora Regional de Canal Capital Ltda, [Ver el Acuerdo J.D. Canal Capital 1 de 2000 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9030#0), [Ver Acuerdo Junta Directiva Canal Capital 02 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5238#1), [Ver Acuerdo Junta Directiva Canal Capital 04 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5718#1) **

ACUERDA:

Artículo 1.

- Las funciones propias de CANAL CAPITAL LTDA., serán ejercidas por la planta de personal que se determina a continuación: PLANTA DE CARGOS DE EMPLEADOS PUBLICOS DENOMINACION CODIGO GRADO SALARIAL No. DE CARGOS** Gerente General de Entidad Descentralizada 034 03 1 (UNO) Secretario General de Entidad Descentralizada 054 02 1 (UNO) Director Operativo 022 02 1 (UNO) Subdirector Financiero 082 01 1 (UNO) Subdirector Administrativo 068 01 1 (UNO) Jefe Oficina Asesora 115 01 1 (UNO) PLANTA DE CARGOS DE TRABAJADORES OFICIALES DENOMINACION GRADO SALARIAL No. DE CARGOS Coordinador de Area 05 4 (CUATRO) Profesional Universitario 04 6 (SEIS) Técnico 03 6 (SEIS) Auxiliar 02 6 (SEIS) Auxiliar Servicios Generales 01 2 (DOS)

Artículo 2.

- Los grados salariales a que hace referencia el artículo anterior, corresponden a las siguientes asignaciones básicas, sin aplicar el incremento salarial de que trata la Sentencia C-1064 de 2001: PLANTA DE CARGOS DE EMPLEADOS PUBLICOS GRADO SALARIAL DIRECTIVO ASESOR 01 $ 3.769.527.oo 02 $ 4.877.238.oo 03 $ 6.335.340.oo PLANTA DE CARGOS DE TRABAJADORES OFICIALES GRADO SALARIAL ASIGNACIÓ N BÁ SICA** 01 $ 663.437.oo 02 $ 1.077.008.oo 03 $ 1.809.373.oo 04 $ 1.966.140.oo 05 $ 2.403.060.oo

Artículo 3.

-** La Gerencia General de Canal Capital Ltda.,mediante acto administrativo, distribuirá la planta global de acuerdo con las necesidades del servicio, planes, programas y proyectos de la entidad, teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones de los cargos, niveles de responsabilidad y perfil de los empleos.

Artículo 4.

\- Para todos los efectos, son empleados públicos de Canal Capital Ltda., el Gerente General, el Secretario General, el Director Operativo, el Jefe de Oficina Asesora, el Subdirector Financiero y el Subdirector Administrativo.

Parágrafo. -** Los funcionarios no enunciados en el artículo anterior son trabajadores oficiales.

Artículo 5.

-** El Gerente General que a partir de la expedición del presente acuerdo se vincule a Canal Capital Ltda., se le pagará una prima técnica del 30% y gastos de representación del 20% sobre la asignación básica. Al actual Gerente se le seguirá reconociendo y pagando por dichos conceptos, los porcentajes establecidos en Acuerdos anteriores.

Artículo 6.

\- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.** PUBLÍQUESE Y CÚ MPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes de diciembre de dos mil uno (2001). PAULO JAIRO OROZCO DÍAZ Presidente de la Junta delegado por el Alcalde Mayor CLEMENCIA CHIAPPE Secretario de la Junta Nota: Este Acuerdo fue publicado en el Registro Distrital 2540 de Diciembre 21 de 2001.

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