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Decreto 663 de 2002

Decreto 663 de 2002 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
663
Año
2002
Fecha
10 de abril de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 663 DE 2002 (Abril 10) "Por el cual se establece una bonificación por compensación para los magistrados del Tribunal y otros funcionarios". EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

ARTICULO 1º** -A partir del 1º de enero de 2002, la bonificación por compensación con carácter permanente para los funcionarios que se señalan a continuación quedará así: | Magistrados de tribunal nacional de orden público | 2.407.410 ---|--- Fiscales delegados ante tribunal nacional | 2.407.410 Magistrados de tribunal y consejo seccional | 2.814.340 Magistrados y fiscales del tribunal superior militar | 2.814.340 Magistrados auxiliares | 2.814.340 Fiscales delegados ante tribunales de distrito | 2.814.340 Fiscales auxiliares ante la Corte Suprema de Justicia | 2.814.340 Secretarios generales de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Corte Constitucional y secretario judicial del Consejo Superior de la Judicatura | 2.854.765 La bonificación por compensación, pagadera mensualmente, sólo constituirá factor salarial para efectos de determinar las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes, y hará parte integral en su totalidad del ingreso base de liquidación debiendo cotizarse mensualmente sobre lo devengado, incluyendo esta bonificación, monto a tener en cuenta para el reconocimiento de las pensiones.

Parágrafo.

En todo caso para tener derecho a la bonificación por compensación de que trata el presente decreto se deberán reunir los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios para ejercer el cargo.

ARTICULO 2º-

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 2726 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2002.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.C., a 10 de abril de 2002.

Presidente ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Justicia y del Derecho ROMULO GONZALEZ TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público JUAN MANUEL SANTOS El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, MAURICIO ZULUOAGA RUIZ.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 44.770 del 15 de Abril de 2002.

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