Decreto 590 de 1998
Decreto 590 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 590
- Año
- 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l)[Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191864#216) _Por el cual se deroga el Decreto No.[547](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3208#0) de junio 12 de 1998_ **El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones legales,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto [547](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3208#0) de junio 12 de 1998 se modificó el Decreto [021](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2982#0) de 1998, restringiendo el porte de armas de fuego en el territorio del Distrito Capital, hasta el 5 de julio de 1998.
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Honorable Consejo de Estado mediante concepto radicado bajo el número [1.113 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3828#0)y autorizada su publicación el día 16 de junio de 1998, consideró que: "los Alcaldes no tienen atribuciones para suspender o restringir, en el territorio de la jurisdicción municipal, el porte de armas debidamente amparadas".
Que si bien los conceptos emitidos por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Honorable Consejo de Estado no tienen fuerza vinculante, si constituyen elementos de juicio a considerar, para la adopción de medidas administrativas, por parte de las autoridades de la rama ejecutiva.
Que con fundamento en lo anterior**
DECRETA:
Artículo 1º.
-** Derogar en todas sus partes el Decreto 547 de junio 12 de 1998. [Ver el Decreto Distrital 757 de 1996 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8640#0)
Artículo 2º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 1 de Julio de 1998. El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.
El Secretario de Gobierno, HÉCTOR RIVEROS SERRATO.
NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1688 de Julio 1 de 1998
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