Jurismart

Decreto 210 de 2002

Decreto 210 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
210
Año
2002
Fecha
29 de mayo de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 210 DE 2002 (Mayo 29) «Por el cual se modifican los Decretos 955 de 2001, 063, 072, 116, 168 y 190 de 2002". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá expidió mediante el Acuerdo 47 de 2001, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año 2002 el cual fue liquidado según Decreto 954 de 2001.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, inciso 2o. del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001, mediante el cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2002.

Que en el mencionado Decreto se suspendieron recursos por $14.957.661.579 del Fondo de Compensación Distrital.

Que en las Transferencias de Funcionamiento de la Secretaría de Hacienda se apropiaron recursos por $82.000.000.000 para el pago del servicio de Alumbrado Público.

Que se efectuó un documento de transacción entre el Distrito Capital - Unidad Ejecutivo de Servicios Públicos - UESP y CODENSA S.A ESP el 9 de abril de 2002, para efectuar el pago del saldo de la demanda de los años 1998, 1999 y 2000.

Que la suma de dichas deudas ascendía a $17.571.361.679 cuyo valor fue pagado el 9 de mayo de 2002.

Que el 25 de enero de 2002 se firmó un acuerdo entre el Distrito Capital - Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos y CODENSA S.A - ESP, concertando el 31 mayo de 2002 como fecha límite para efectuar el pago del Servicio de Alumbrado Público de la vigencia 2001.

Que la Unidad Ejecutiva Servicios Públicos - UESP, mediante oficio No. 01848 del 28 de mayo de 2002 estableció el valor a pagar por concepto del Servicio de Alumbrado Público de la vigencia 2001 en la suma de $69.759.724.071, por lo cual se hace exigible el pago.

Que en virtud de lo anterior, es necesario levantar la suspensión del Fondo de Compensación Distrital por valor de $5.331.085.750.

Que por lo anteriormente expuesto, se modifica el monto de la suspensión establecida mediante el Decreto 955 de 2001 y sus modificatorios. En virtud de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1o.

\- Levantar la suspensión en la siguiente apropiación del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002 así: [Ver el Decreto Distrital 350 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5427#1) | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | | ---|---|--- 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA DISTRITAL | 5.331.085.750 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 3 | GASTOS | 5.331.085.750 3 1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 5.331.085.750 3 1 3 | TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO | 5.331.085.750 3 1 3 02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | 5.331.085.750 3 1 3 02 01 | Fondo de Compensación Distrital | 5.331.085.750 TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA | | 5.331.085.750 **

Artículo 2o.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de mayo de dos mil dos (2002).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

ISRAEL FAINBOIM YAKER Secretario de Hacienda Publicado en el Registro Distrital 2645 de 29-05-02 **

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar