Decreto 127 de 2002
Decreto 127 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 127
- Año
- 2002
- Fecha
- 10 de abril de 2002
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 127 DE 2002 (Abril 10) [Modificado por el Decreto Distrital 334 de 2003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9495#0)., [Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 636 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152385#2) _Por el cual se trasladan las funciones de la Unidad Coordinadora de Prevención Integral ¿ UCPI, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC al Departamento Administrativo de Bienestar Social y se dictan otras disposiciones_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 6º del artículo 38 y el inciso 2 del Artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993. [Ver el Decreto Distrital 331 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9498#0)
DECRETA:
Artículo 1°.** Trasladar las funciones de la Unidad Administrativa Especial Coordinadora de Prevención Integral ¿UCPI como dependencia de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, al Departamento Administrativo de Bienestar Social - DABS.
Artículo 2°.
Con base en lo dispuesto en el artículo anterior, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá tendrá la siguiente estructura interna: 1. SECRETARIA GENERAL 1.1 Unidad Coordinadora del Programa Centros de Atención Distrital Especializados- CADE 1.2 Oficina de Control Interno 1.3 Oficina de Control Disciplinario Interno 1.4 Oficina Asesora de Planeación 1.5 Oficina Asesora de Informática y Sistemas 1.6 Oficina de Divulgación y Prensa 1.7 Oficina de Protocolo 1.8 Quejas y Reclamos 2. SUBSECRETARÍA GENERAL 2.1 Imprenta Distrital 2.2 Oficina de Recursos Humanos 2.3 División Administrativa y Financiera 3. SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES 3.1 Oficina de Estudios y Conceptos 3.2 Oficina de Asuntos Judiciales 3.3 Oficina de Personas Jurídicas 3.4 Oficina de Contratación 4. SUBSECRETARÍA DE CONTROL DE VIVIENDA 4.1 Dirección Jurídica 4.1.1 Oficina de Radicación, Registro, Matrícula y Asuntos Secretariales 4.2 Dirección Económica y Financiera 4.3 Dirección Técnica 4.4 Dirección de Inspección General 4.5 Dirección de Procesos Concordatarios y de Liquidación Obligatoria
Artículo 3°.
El Departamento Administrativo de Bienestar Social tendrá la siguiente estructura interna: 1. DIRECCIÓN GENERAL 1.1 Oficina Asesora de Control Interno 1.2 Oficina Asesora Jurídica 1.3 Oficina Asesora de Asuntos Disciplinarios 2. SUBDIRECCIÓN DE PLANEACION 3. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 3.1 Unidad de Gestión Humana 3.2 Unidad de Recursos Financieros 3.3 Unidad de Apoyo Logístico 4. SUBDIRECCIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL 4.1 Gerencia de Prevención 4.2 Gerencia de Protección 4.3 Gerencia de Exclusión Social 4.4 Gerencia de Coordinación de Centros Operativos Locales 4.5 Gerencia de Orientación y Referenciación de Servicios Sociales 4.6 Gerencia Ucpi 4.7 Centros Operativos Locales 5. ÓRGANOS DE ASESORÍA Y COORDINACIÓN 5.1 Comité Directivo 5.2 Comité de Coordinación de Control Interno 5.3 Comisión de Personal
Artículo 4°.
Los recursos que forman parte del presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., actualmente asignados a la Unidad Administrativa Especial Coordinadora de Prevención Integral -UCPI para el cumplimiento de sus funciones, deberán ser incorporados en el presupuesto destinado al Departamento Administrativo de Bienestar Social -DABS con el mismo propósito, incluyendo las partidas correspondientes a los proyectos de inversión y servicios personales, previo el cumplimiento de los trámites a que haya lugar.
Parágrafo. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC continuará asumiendo las funciones que actualmente desempeña a través de la Unidad Administrativa Coordinadora de Prevención Integral -UCPI, hasta tanto sean trasladados los recursos para tal fin, al presupuesto del Departamento Administrativo de Bienestar Social.
Artículo 5°.
Una vez incorporados los recursos presupuestales de que trata el artículo anterior, se procederá al traslado de los cargos de la planta de la Unidad Administrativa Especial Coordinadora de Prevención Integral ¿UCPI de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá DC, al Departamento Administrativo de Bienestar Social - DABS.
Artículo 6°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias en especial las contenidas en los Decretos 663 de 1995 y 498 de 1999. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, DC., a los 10 DE ABRIL DE 2002 ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor | LILIANA CABALLERO DURAN Secretaria General | ISRAEL FAIMBOIM YAKER Secretario de Hacienda ---|--- ANGELA MARIA ROBLEDO GOMEZ Directora Departamento Administrativo de Bienestar Social | NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA Directora Departamento Administrativo Servicio Civil
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