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Acuerdo 04 de 2002

Acuerdo 4 de 2002 Instituto Distrital de Cultura y Turismo

Tipo
Acuerdo
Número
04
Año
2002
Fecha
12 de septiembre de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** ACUERDO 04 DE 2002 (Septiembre 12) "Por medio del cual se establecen las escalas salariales de las distintas categorías de empleos del Instituto Distrital de Cultura y Turismo y se dictan otras disposiciones" LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en los artículos 290 del Código de Régimen Político Municipal (Decreto 1333 de 1986) y 5°, numeral 6 del Acuerdo 2 de 1978 del Concejo Distrital de Bogotá y demás disposiciones complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Cultura y Turismo es un establecimiento público del orden Distrital creado por el Acuerdo N°. 2 de 1978 del Concejo Distrital de Bogotá, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.

Que según el artículo 290 del Código de Régimen Político Municipal (Decreto 1333 de 1986), las funciones de adoptar la nomenclatura y clasificación de los empleos, fijar las escalas de remuneración y la determinación de las plantas de personal en el caso de las entidades descentralizadas municipales, serán cumplidas por las autoridades que señalen sus actos de creación o sus estatutos orgánicos.

Que el artículo 5°, numeral 6 del Acuerdo N°. 2 de 1978 del Concejo Distrital de Bogotá, faculta a la Junta Directiva del Instituto para determinar la estructura interna del organismo, su planta de personal, el régimen de remuneraciones y asignaciones y las funciones de las diferentes dependencias.

Que mediante el Acuerdo N°. 3 de 2002, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, fijó el Régimen Salarial de los empleados públicos del Instituto Distrital de Cultura y Turismo.

Que el artículo 12 de la ley 4° de 1992, prescribe que el Gobierno Nacional señalará el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, por tanto, respetando dichos límites, se hace necesario establecer las escalas para los conceptos salariales consignados en el Acuerdo N°. 3 de 2002 de la Junta Directiva, así como determinar los términos y condiciones para su reconocimiento y pago.

Que en mérito de lo expuesto,[Ver Acuerdo Junta Directiva I.D.C.T. 03 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5760#1) **

ACUERDA:

Artículo 1.

- ASIGNACION BASICA: La asignación básica fijada por la Junta Directiva del Instituto Distrital de Cultura y Turismo para el año 2002, mediante el Acuerdo 02 de mayo 31 de 2002, continuará vigente, así: | GRADO L | NIVEL DIRECTIVO ---|---

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