Acuerdo 59 de 2002
Acuerdo 59 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 59
- Año
- 2002
- Fecha
- 23 de abril de 2002
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 59 DE 2002 (Mayo 9) «Por el cual se fusiona el Fondo Rotatorio del Concejo de Bogotá, D.C., a la Secretaría de Hacienda Distrital y se dictan otras disposiciones». EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 313 numeral 6o. de la Constitución Política, 12 numeral 9o. y los artículos 13 y 55 del Decreto Ley 1421 de 1993.[Ver Proyecto de Acuerdo 047 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5809)
ACUERDA:
Artículo 1o.
-** Fusión. Fusiónase el Fondo Rotatorio del Concejo de Bogotá D.C. creado mediante el Acuerdo 14 de 1993, a la Secretaría de Hacienda Distrital. [Ver Proyecto Acuerdo Distrital 47 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5809#1)
Artículo 2o.
-** Término. El perfeccionamiento de la fusión ordenada en virtud del artículo 1o. se llevará a cabo en un término no superior a tres (3) meses, período durante el cual no se interrumpirán las funciones que actualmente cumple el Fondo Rotatorio del Concejo de Bogotá, D.C.
Artículo 3o.
-** Subrogación de derechos y obligaciones. El Distrito Capital de Bogotá - Secretaría de Hacienda Distrital subrogará al Fondo Rotatorio del Concejo de Bogotá en la titularidad de los derechos que a éste corresponden y en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, incluidas las pecuniarias.
Artículo 4o.
-** Régimen de bienes inmuebles. Los bienes inmuebles que a la entrada en vigencia del presente Acuerdo sean de propiedad del Fondo Rotatorio del Concejo de Bogotá, D.C., serán transferidos a título gratuito al Distrito Capital - Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. El valor nominal de dichos bienes será su avalúo comercial vigente a la fecha de la transferencia y los muebles a la Secretaría de Hacienda.
Artículo 5o.
-** Obligaciones especiales de los empleados. Los empleados responsables de los archivos del Fondo Rotatorio del Concejo deberán rendir las correspondientes cuentas fiscales, presentar los inventarios y efectuar la entrega de los bienes y archivos a su cargo, conforme con las normas y procedimientos establecidos para el efecto por la Contraloría Distrital y la Dirección Distrital de Contabilidad de la Secretaría de Hacienda Distrital y las contempladas en las normas sobre liquidación y función archivística.
Artículo 6o.
-** Creación del Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá, D.C. Créase el Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá, D.C. para el manejo presupuestal, contable y de tesorería de los recursos financieros destinados a la administración, funcionamiento y operación del Concejo de Bogotá D.C. El Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá, D.C. no tendrá personería jurídica y el ordenador del gasto de los recursos será el Secretario de Hacienda Distrital, quien podrá delegar dicha facultad en un funcionario de nivel directivo de la Secretaría de Hacienda.
Parágrafo. El Fondo Cuenta de que trata el presente artículo se financiará con los recursos de la administración central y demás recursos que legalmente se adicionen siempre y cuando se encuentren dentro de los límites señalados por el artículo 54 de la Ley 617 de 2000 y los plazos en ella señalados.
Artículo 7o.
-** Ajustes presupuestales. El Gobierno Distrital hará los ajustes correspondientes en el presupuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 del Decreto 714 de 1996 o las disposiciones que lo adicionen o modifiquen, para trasladar a la Secretaría de Hacienda Distrital los recursos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones que ésta asume por la fusión del Fondo Rotatorio del Concejo de Bogotá, D.C., ordenada en el presente Acuerdo.
Parágrafo. Los gastos que se deriven de la administración y funcionamiento del Fondo Cuenta del Concejo de Bogotá, D.C., serán con cargo del Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital.
Artículo 8o.
-** Régimen laboral. Si como consecuencia de la fusión es necesario modificar la planta de personal de la Secretaría de Hacienda Distrital, dicha modificación se realizará con estricta sujeción a lo dispuesto en la Ley 443 de 1998 y sus Decretos Reglamentarios.
Artículo 9o.
- Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 14 de 1993 y el numeral 4o. del artículo 5o. del Acuerdo 01 de 2000. Dado en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de abril de dos mil dos (2002). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. SAMUEL ARRIETA BUELVAS Presidente ILDEVARDO CUÉLLAR CHACÓN Secretario General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2632 de 9 de Mayo de 2002.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo 001 de 2023
ACUERDO 001 DE 2023 (sic) Por medio del cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Secretaría Distrital de Movilidad LOS MIEMBROS DEL…
-
Acuerdo 007 de 2023
ACUERDO 007 DE 2023 (sic) Por el cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el Cumplimiento a la Sentencia SU-288 de 2022…
-
Acuerdo 013 de 2023
Derogado por el art. 04 del Acuerdo 014 de 2024 EL COMITÉ DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ…
-
Acuerdo 001 de 2021
ACUERDO 01 DE 2021 Por medio del cual se actualiza el reglamento interno del Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Cultura, Recreación y De…
-
Acuerdo 001 de 2020
ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…