Decreto 067 de 2003
Decreto 67 de 2003 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 067
- Año
- 2003
- Fecha
- 15 de enero de 2003
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 067 DE 2003 (Enero 15) "Por el cual se prorroga el plazo previsto en el primer inciso del artículo 8° del Decreto 1524 de 2002". EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 72 de 1989, y la Ley 679 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el 24 de julio de 2002 se expidió el Decreto 1524 de 2002, el cual tiene por objeto reglamentar el artículo 5° de la Ley 679 de 2001, con el fin de establecer las medidas técnicas y administrativas destinadas a prevenir el acceso de menores de edad a cualquier modalidad de información pornográfica contenida en internet o en las distintas clases de redes informáticas a las cuales se tenga acceso mediante redes globales de información;
Que el primer inciso del artículo 8° del Decreto 1524 de 2002 estableció un término máximo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia del decreto con el fin que los ISP y proveedores de servicios de alojamiento, adoptaran las medidas administrativas y técnicas previstas en este;
Que al término del plazo anterior, los ISP y proveedores de servicios de alojamiento deben informar al Ministerio de Comunicaciones sobre la forma como se han adoptado dichas medidas, así como de otras que _motu propio_ hayan considerado convenientes para el cumplimiento del objeto del presente decreto;
Que el Decreto 1524 de 2002 fue publicado en el _Diario Oficial_ número 44.883 del 30 de julio de 2002, por lo cual los seis meses de que trata el artículo 8° se cumplen el 30 de enero de 2003;
Que el Ministerio de Comunicaciones ha constatado que el término de seis (6) meses estipulado en el Decreto 1524 no ha sido suficiente para que los ISP y proveedores de servicios de alojamiento puedan implementar las medidas técnicas contempladas en el decreto, por lo cual estima conveniente ampliar el plazo previsto para el efecto, [Ver la Ley 765 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11626#0) **
DECRETA:
Artículo 1°. Prorrogar por el término de seis (6) meses el plazo previsto en el primer inciso del artículo 8° del Decreto 1524 de 2002, contados a partir de la vigencia del presente decreto. Artículo 2°. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación, todas las demás estipulaciones del Decreto 1524 de 2002 continúan vigentes y sin modificación alguna. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2003. ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Comunicaciones, Martha Elena Pinto De Hart. NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 45.066 de Enero 17 de 2003.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…