Decreto 395 de 2003
Decreto 395 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 395
- Año
- 2003
- Fecha
- 31 de octubre de 2003
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 395 DE 2003 (Octubre 31) Por el cual se adopta el Plan Parcial denominado "Centro Educativo SAN JOSÉ", ubicado en la localidad de Bosa. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 27º, numeral 5º, de la Ley 388 de 1997, 451º del Decreto Distrital 619 de 2000 y artículos 4º y 14º numeral 4º del Decreto 1141 de 2000 y,
CONSIDERANDO:
I.
Que el predio objeto de este decreto se encuentra ubicado, según el Decreto 619 de 2000 (Plan de Ordenamiento Territorial), en suelo urbano, con Tratamiento de Desarrollo, localizado en Área Urbana Integral - Zona Residencial, con un área bruta aproximada de tres mil cuatrocientos cuatro con sesenta y ocho (3.404,68 m2) metros cuadrados. En el predio San José se desarrollará un equipamiento colectivo educativo de escala vecinal, el cual se permite en cualquier área de actividad, según lo dispone el numeral 2º del artículo 333º del Decreto 619 de 2000. De conformidad con el Parágrafo 1º del artículo 351º del Decreto 619 de 2000, el Centro Educativo San José, está exceptuado de reunir las dimensiones mínimas para plan parcial, por su destinación a uso dotacional en suelo urbano. II.
Que dentro del trámite del plan parcial de que trata el presente Decreto, se surtieron las siguientes actuaciones: 1. Etapa de Consulta Preliminar Radicación La señora GYSELLA BELTRÁN ENCISO, Subdirectora (E) de Plantas Físicas, quien está autorizada para actuar según Resolución No. 278 del 22 de marzo de 2002, en nombre de la Secretaría de Educación del Distrito Capital, presentó Consulta Preliminar ante el Departamento Administrativo de Planeación Distrital (D.A.P.D.), con el fin de que se analizaran y definieran las determinantes para la elaboración del Plan Parcial para el predio "San José", identificado con folio de Matrícula Inmobiliaria No. 50S-1060312, ubicado en la Carrera 89 B Bis No. 85 A - 20 sur, en la localidad de Bosa, según consta en el escrito radicado bajo el No. 1-2002-26774 del 10 de octubre de 2002, el cual contenía los siguientes documentos: Plancha del IGAC, a escala 1:2.000 con la localización del predio. Identificación del inmueble Formato diligenciado sobre lineamientos para el plan parcial. Conceptos técnicos Durante el término establecido para la etapa de Consulta Preliminar, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital ofició al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente -DAMA-, mediante oficio No. 2-2002-24906 de fecha 30 de octubre de 2002, con el fin de que impartiera y diera a conocer los lineamientos ambientales para el Plan Parcial objeto de análisis. El Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente -DAMA, a través del oficio No. 2003EE1985, radicado con No. 1-2003-02698 del 05 de febrero de 2003, remitió la información solicitada por el D.A.P.D., la cual fue enviada a los proponentes del plan parcial en comento, la cual contiene como recomendaciones, que las zonas de cesión se localicen al suroriente del plan parcial, para favorecer su vinculación con la estructura ecológica principal del sector, la vinculación del proyecto al sistema de áreas protegidas, con las debidas restricciones frente a áreas polucionadas y la conveniencia de elevar una consulta a la Secretaría de Salud por la proximidad de este proyecto al Río Tunjuelito. Ante solicitud del Departamento Administrativo de Planeación Distrital (oficio No. 2-2002-03873 del 11 de febrero de 2003), sobre concepto de riesgo para el plan parcial, la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias DPAE, mediante oficio radicado con número 2-2003-01304 del 24 de febrero de 2003, remitió el Concepto Técnico No. 3871, el cual fue dado a conocer al señor ORLANDO PEÑA RODRÍGUEZ, Subdirector de Plantas Físicas de la Secretaría de Educación del Distrito, recomendando que es indispensable adelantar estudios geotécnicos para garantizar que no se presenten anegamientos en el lote, y permitir la definición del tipo de cimentación más conveniente, evitar problemas con el nivel freático y mejorar las condiciones del Canal de aguas lluvias y negras, adyacentes al predio. La Dirección de Prevención y Atención de Emergencias DPAE no considera necesario los estudios específicos para el estudio de riesgo por inundación. La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá manifestó, mediante oficio No. 1-2003-14273 del 28 de mayo de 2003, que el predio no tiene afectaciones por Zona de Ronda Hidráulica y Preservación Ambiental del Río Tunjuelo. Respuesta El Departamento Administrativo de Planeación Distrital, mediante oficio No. 2-2002-28264 del 24 de diciembre de 2002, respondió la solicitud de consulta preliminar y fijó las determinantes para la formulación del Plan Parcial correspondiente, para cuya delimitación no se requiere área adicional, localizado en suelo urbano, en Área Urbana Integral - Zona Residencial con tratamiento de Desarrollo, definiendo las determinantes del sector en lo relativo al aprovechamiento que la operación a partir del Río Tunjuelito ha planificado para la zona sur, como referente para proponer la articulación entre la zona consolidada y las conexiones con los núcleos potenciales de servicios urbanos, incluidos los elementos de la Estructura Ecológica Principal pertenecientes al Río Tunjuelito, las Zonas de Amenaza de Inundación, la información de las entidades distritales cuya información se considere necesaria, cumpliendo con la totalidad de las exigencias consignadas en el artículo 8º del Decreto 1141 de 2000. En el presente plan parcial no se requiere de propuesta de delimitación por estar los usos dotacionales exentos de reunir dimensiones mínimas, zonas generadoras de transferencia de derechos de construcción y desarrollo, porcentaje de suelo destinado a Vivienda de Interés Social, como tampoco de unidades de actuación urbanística. 2. Etapa de formulación del proyecto Radicación de Esquema Básico El interesado radicó mediante oficio No. 1-2003-04884 de fecha 26 de febrero de 2003 el esquema básico, compuesto de la siguiente información y documentos: a) Planos a escala 1:5.000 con la siguiente información: \- Identificación y delimitación del inmueble objeto de plan parcial. \- Localización de cesiones para parque y equipamiento comunal. \- Usos del suelo. \- Localización del Río Tunjuelito, Ronda y Zona de Manejo y Preservación - Ambiental como elemento de la Estructura Ecológica Principal \- Cuadro de áreas. b) Documento técnico que incluye: \- Descripción desde el punto de vista urbanístico, de la zona objeto del plan parcial. \- Objetivos, lineamientos y directrices del plan parcial. \- Propuesta de la gestión del plan parcial. \- Identificación del predio, con folios de matrícula inmobiliaria. \- Evaluación financiera de las obras de urbanización. \- Delimitación del Área total como beneficiaria de la participación distrital en plusvalía, al cambiar de suelo suburbano a suelo urbano. c) Archivo digital del plano d) Cronograma general de ejecución Publicación e información a propietarios poseedores y vecinos El Departamento Administrativo de Planeación Distrital, con oficio No. 2-2003-05184 de fecha 10 de marzo de 2003, solicitó a los interesados la publicación de que trata el numeral 2, artículo 10, del Decreto Distrital 1141 del 29 de diciembre del 2000, en el sentido de informar a los propietarios, poseedores y vecinos del área objeto del Plan Parcial sobre el estudio del esquema básico del mismo. En respuesta a tal requerimiento, el interesado, mediante escrito No. 1-2003-08401 del 31 de marzo de 2003, adjuntó una copia del ejemplar del diario EL TIEMPO de fecha 30 de marzo de 2003, en el que se realizó la publicación aludida. Los propietarios y vecinos no formularon observaciones, ni recomendaciones ante el Departamento Administrativo de Planeación Distrital. Estudio de Tránsito Como parte de la fase de Esquema Básico, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, emitió concepto técnico (Oficio 3-2003-01842 del 26 de mayo de 2003) sobre el estudio vial, de tránsito y cesión de zonas verdes, haciendo énfasis en la exigencia de localizarse los cupos de parqueadero al interior del predio, sin permitir estacionamientos en zonas de uso público; dichas observaciones fueron atendidas por la Secretaría de Educación del Distrito Capital. Información de otras entidades El Instituto Distrital de Recreación y Deporte, mediante oficio radicado con el No. 1-2002-11639 del 02 de diciembre de 2002, informó sobre la exclusión de la base de datos de parques, del predio ubicado en la carrera 89 B Bis No. 85 A- 20 sur, identificado en la base de datos con el código 07-137 de la localidad, denominado predio San José, por lo tanto es viable el desarrollo de otro uso diferente. Atendiendo la observación presentada por el Departamento Técnico Administrativo de Medio Ambiente DAMA, conforme al oficio No. 2003EE1985 de fecha 04 de febrero de 2003, de elevar consulta a la Secretaría de Salud acerca de la proximidad de este proyecto con el Río Tunjuelito, conforme con las funciones asumidas por la Secretaría de Salud por la Ley 715 de 2001, se recibieron, por parte de la Secretaría de Salud, mediante oficio No. PYP 402 - 03 del 17 de junio de 2003, las siguientes recomendaciones: erradicación de vallados de aguas negras, la consulta a la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias DPAE, la protección de la construcción contra roedores e insectos y el saneamiento de áreas circundantes. El Centro Educativo San José no colinda con el Río Tunjuelito, en consecuencia no está obligado a dar cumplimiento al inciso 2 del artículo 8º del Decreto 619 de 2000. La Secretaría de Educación, en oficio de fecha 21 de julio de 2003, respondió a las anteriores inquietudes argumentando que para la construcción del Centro Educativo San José se han tenido en cuenta las recomendaciones de la Gerencia del Hospital Pablo VI sobre posible inundación y anegamientos, para lo cual, un estudio geotécnico adelantado por la firma BARLAB INGENIERÍA LTDA. permitió definir el tipo de cimentación más conveniente para evitar estos problemas; igualmente, se elevará el nivel de construcción 60 centímetros, previendo adicionalmente la canalización de aguas de escorrentía y la colmatación del terreno y se adelantarán, junto con la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá las obras conducentes a la canalización de las aguas lluvias y negras, planteando de esta manera soluciones a los requerimientos manifestados por el DAMA y la DPAE. El Departamento Administrativo de Planeación Distrital y el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 388 de 1997, el Parágrafo 7 del artículo 1 de la ley 507 de 1999, y el numeral 1 del artículo 14 del Decreto 1141 de 2000, concertaron los aspectos ambientales del Proyecto de Plan Parcial, relacionados con los lineamientos ambientales para el manejo de los sistemas de áreas protegidas y las zonas de cesión, según consta en el Acta de Concertación de fecha mayo 27 de 2003, suscrita por ambas entidades. Evaluación y concepto del Comité Técnico de Planes Parciales El proyecto de Plan Parcial fue sometido a consideración del Comité Técnico de Planes Parciales de Desarrollo, el cual conceptuó de manera favorable, anotando sobre la necesidad de consultar a la DPAE acerca de la necesidad o no de diseños u obras especiales para áreas en amenaza media, según consta en el Acta No. 14 de fecha 28 de febrero de 2003; esta y otras recomendaciones fueron respondidas, conforme a los oficios del 18 de julio de 2003 y No. 1-2003-22996 del 28.08.03, remitidos por la Secretaría de Educación a la Secretaría de Salud, argumentando técnicamente las obras y el no requerimiento de estudios adicionales para zonas de amenaza media, según concepto técnico No. 3871 de DPAE. Fase de Proyecto de Plan Parcial Acogidas las observaciones del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la Secretaría de Educación, mediante oficio Número 1-2003-13140 del 19 de mayo de 2003 radicó ante dicho Departamento la formulación definitiva del proyecto de Plan Parcial "Centro Educativo San José". El Departamento Administrativo de Planeación Distrital, realizó el estudio urbanístico del proyecto del Plan Parcial, en lo concerniente a archivo digital, Gestión del plan parcial con sus instrumentos a desarrollar, una única etapa de desarrollo, cronograma general de ejecución, estudio de tránsito, documento con las consideraciones ambientales a saber: mapa de zonificación de ruido y de integración urbanística y paisajística en el que se prevén los accesos al área de la Ronda Hidráulica y Zona de Manejo y Preservación Ambiental del Río Tunjuelito y la conformación del espacio público que garantice su accesibilidad. Efectuados los ajustes y precisiones solicitados durante el proceso de estudio del mismo, éste se encuentra ajustado a la normas vigentes del Decreto 619 de 2000, y con base en ello, expidió concepto de viabilidad del Proyecto de Plan Parcial "Centro Educativo San José". mediante oficio No. 2-2003-11178 de fecha 27 de mayo de 2003. Concepto del Consejo Consultivo de Ordenamiento En sesión de fecha 04 de junio de 2003 el Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial conceptuó de manera favorable el proyecto del plan parcial "Centro Educativo San José", según consta en el acta No. 002 de la misma fecha. De conformidad con el numeral 3 del artículo 14 del Decreto 1141 de 2000, se surtió la fase de información pública y convocatoria a los propietarios y vecinos, para lo cual la Secretaría de Educación envió por correo la información del proyecto, a propietarios y vecinos del área objeto del plan parcial, a las siguientes direcciones: | Calle 88 A sur No. 89 A 18 | Señor OSWALDO GARIBELLO ---|---
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