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Decreto 271 de 2003

Decreto 271 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
271
Año
2003
Fecha
1 de septiembre de 2003
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 271 DE 2003 (Septiembre 01) "Por el cual se convocan los Foros Educativos Locales y Distrital en Bogotá D. C. para el año 2004". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C., En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 115 de 1994 y el Decreto Reglamentario 1581 de 1994, Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 de la Constitución Política establece que la comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación.

Que la Ley 115 de 1994 en su título VIII capítulo 3°, sección segunda creó los Foros Educativos nacional, departamentales, distritales y municipales y señaló su objeto y organización periódica.

Que el artículo 164 de la Ley 115 de 1994 crea los foros educativos con el fin de reflexionar sobre el estado de la educación y hacer recomendaciones a las autoridades educativas respectivas para el mejoramiento de la calidad y la ampliación de la cobertura del servicio educativo.

Que el artículo 165 de la Ley 115 de 1994 dispone que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., es el responsable de convocar anualmente un foro por Alcaldía Local y el Foro Educativo Distrital, así como reglamentar la participación y funcionamiento de los mismos.

Que el Decreto 1581 del 22 de julio de 1994 reglamenta el funcionamiento general de los foros educativos y establece que en la convocatoria deberá definirse la temática a tratar.

Que el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2001-2004 "BOGOTÁ para vivir todos del mismo lado", fija como objetivo de Educación elevar el conocimiento y la capacidad de aprender de las personas, movilizando el potencial educativo y cultural de la ciudad desde los objetivos del Plan. Establece que la política en educación estará orientada a contribuir a que los ciudadanos sean más productivos y felices, convertir todos los espacios y actores de la ciudad en oportunidades para el aprendizaje y fortalecer el autoaprendizaje. Y determina como estrategias para alcanzar el objetivo ampliar la cobertura, mejorar la calidad de la educación y acercar la educación a la vida de la ciudad.

Que el Alcalde Mayor mediante Decreto 898 de noviembre 29 de 2001 fijo las temáticas para los Foros de los años 2001 a 2003, así: 2001-Lenguaje, 2002 – Matemáticas y 2003 – Ciencias Naturales.

Que el artículo 23 de la Ley 115 de 1994 establece la Educación Artística como una de las áreas obligatorias y fundamentales, comprendida dentro de los parámetros establecidos en el literal K) del artículo 22, de la mencionada ley, es decir como la apreciación artística, la comprensión estética, la creatividad, la familiarización con los diferentes medios de expresión artística y el conocimiento, valoración y respeto por los bienes artísticos y culturales.

Que el arte, y en consecuencia la Educación Artística, constituye uno de los ejes fundamentales de la formación integral del individuo por su importancia en el desarrollo de la sensibilidad y de la capacidad creativa, así como valor intrínseco en la configuración de cualquier tradición cultural. [Ver el Decreto Distrital 271 de 2003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9187#0), [Ver la Resolución de la Secretaría de Educación 3550 de 2003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=10841#0), [Ver el Decreto Distrital 386 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15332#0) ** D E C R E T A:

Artículo primero.

- **Convocar la realización de los Foros Educativos Locales y Distrital del año 2004 como espacios de discusión y participación democrática, para dar continuidad al diálogo ciudadano y aportar al mejoramiento de la calidad de la educación y de la vida en la ciudad.

Artículo segundo.

-. Establecer para los foros locales y distrital del año 2004 la Educación Artística como temática general.

Artículo tercero.

Fijar el siguiente cronograma para la realización de los foros educativos: | Foros institucionales: | Del 19 de enero al 27 de febrero de 2004. ---|--- Foros locales: | Del 1 de marzo al 31 de marzo de 2004. Foro Educativo Distrital: | Entre la tercera y la cuarta semana de junio de 2004. **

Artículo cuarto.

-

En cada una de las 20 localidades se realizará un foro educativo, convocado y presidido por el respectivo Alcalde Local y con la participación de representantes de los centros educativos de su jurisdicción, así como los demás estamentos gubernamentales, del sector productivo y académico cuya asistencia se estime necesaria para el objetivo de la temática propuesta.

Parágrafo.

Para asegurar un adecuado desarrollo de los foros locales, el Alcalde Local deberá expedir los actos administrativos correspondientes y prever los recursos necesarios, de acuerdo con el plan de desarrollo local.

Artículo quinto.

-

En cada localidad se creará un comité local, presidido por el Alcalde Local o su delegado, encargado de organizar y desarrollar el respectivo foro local, así como de elaborar las memorias del mismo. Corresponde igualmente a este comité, de acuerdo con criterios definidos previamente, la selección de las experiencias, propuestas y recomendaciones con destino al Comité Distrital del Foro Educativo.

Artículo sexto.

-

El comité local establecerá la sede, la agenda y la metodología para la deliberación y exposición de experiencias y ponencias previamente seleccionadas

Artículo séptimo.

-

Designar a la Secretaria de Educación del Distrito Capital, la responsabilidad de la coordinación técnica y académica de todo el proceso, para lo cual deberá expedir los actos administrativos correspondientes y apropiar los recursos necesarios de acuerdo con el Plan de desarrollo sectorial.

Artículo octavo.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá D.C., al primer día (1) de Septiembre de 2003.

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor MARGARITA PEÑA BORRERO Secretaria de educación D.C.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2938 de septiembre 1 de 2003 **

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