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Decreto 149 de 2003

Decreto 149 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
149
Año
2003
Fecha
16 de mayo de 2003
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 149 DE 2003 (Mayo 16) [Modificado por el Decreto Distrital 232 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9034#0), [Modificado por el Decreto Distrital 306 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9618#0), [Modificado por el Decreto Distrital 369 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9871#0) «Por el cual se modifica el Decreto 132 de 2003" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo No. 82 del 26 de marzo de 2003, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año 2003, el cual fue liquidado según Decreto No. 100 del 10 de abril de 2003.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, inciso 2o. del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 132 de 2003, mediante el cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2003.

Que se requiere con carácter urgente levantar la suspensión a unas apropiaciones en el Presupuesto Anual del Distrito Capital por valor de $4.500 Millones, para permitir la ejecución de algunos proyectos prioritarios en la Secretaría General, Secretaría de Hacienda y el Departamento Administrativo de Catastro.

Que la suspensión levantada será compensada con la suspensión de un proyecto de inversión en una entidad de la Administración Central.

Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario modificar el Decreto 132 del 2003. En virtud de lo anterior,**

DECRETA:

Artículo 1o.

- Levantar la suspensión en la siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2003 así: ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 104 | SECRETARÍA GENERAL | ---|---|--- 3 | GASTOS | 1.500.000.000 3 3 | INVERSIÓN | 1.500.000.000 3 3 1 | DIRECTA | 1.500.000.000 3 3 1 11 | BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 | GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 33 | Administración a la medida | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 33 7377 | Transformación de la organización distrital y de sus entidades centrales, descentralizadas y locales | 1.500.000.000 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | 01 | DESPACHO | 3 | GASTOS | 1.500.000.000 3 3 | INVERSIÓN | 1.500.000.000 3 3 1 | DIRECTA | 1.500.000.000 3 3 1 11 | BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 | GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 33 | Administración a la medida | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 33 6018 | Diseño montaje y puesta en marcha del sistema integrado de infomación | 1.200.000.000 3 3 1 11 07 33 0169 | Administración y coordinación del programa «Plan vial y programa educativo de la Alcaldía Mayor» y del proyecto de servicios urbanos para Bogotá | 300.000.000 124 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO | 3 | GASTOS | 1.500.000.000 3 3 | INVERSIÓN | 1.500.000.000 3 3 1 | DIRECTA | 1.500.000.000 3 3 1 11 | BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 | GESTION PÚBLICA ADMIRABLE | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 36 | Servimos al ciudadano | 1.500.000.000 3 3 1 11 07 36 7257 | Diseño, desarrollo e implementación del Sistema de Información Geográfico Catastral - SIGC | 1.500.000.000 TOTAL LEVANTAMIENTO SUSPENSIÓN | 4.500.000.000

Artículo 2o.

-

El monto correspondiente a la suspensión levantada establecida en el artículo 1o. del presente Decreto se compensará con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal del año 2003, así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | ---|---|--- 01 | DESPACHO | 3 | GASTOS | 4.500.000.000 3 3 | INVERSIÓN | 4.500.000.000 3 3 1 | DIRECTA | 4.500.000.000 3 3 1 11 | BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado | 4.500.000.000 3 3 1 11 07 | GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE | 4.500.000.000 3 3 1 11 07 33 | Administración a la medida | 4.500.000.000 3 3 1 11 07 33 3031 | Construcción del refuerzo estructural de la torre A del CAD | 4.500.000.000 TOTAL SUSPENSIÓN APLICADA | 4.500.000.000 |

Artículo 3o.

-

El presente Decreto modifica el Decreto 132 de 2003.

Artículo 4o.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los dieciséis (16) días del mes de mayo de dos mil tres (2003).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor GUSTAVO GARCÍA BATE Secretario de Hacienda (E.)

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2871 de Mayo 16 de 2003.

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