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Acuerdo 114 de 2003

Acuerdo 114 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
114
Año
2003
Fecha
29 de diciembre de 2003
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 114 DE 2003 (Diciembre 29) "Por el cual se impulsa en las entidades distritales, el aprovechamiento eficiente de residuos sólidos" EL CONCEJO DE BOGOTA D.C. En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, [Ver Poryecto de Acuerdo 141 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=10662) [Ver el Decreto Distrital 400 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15484#0), [Ver la Directiva Distrital 09 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22063#0), [Ver el Acuerdo Distrital 287 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25613#0) A C U E R D A:

ARTICULO PRIMERO _:_ Las Entidades del Distrito Capital deberán impulsar la sensibilización, capacitación, inducción, práctica y, formación de los servidores públicos, en el manejo adecuado de los residuos sólidos para su aprovechamiento.

ARTICULO SEGUNDO _:_** En todas las Entidades del Orden Distrital, se impartirán instrucciones tendientes a garantizar que los servidores públicos cumplan con la obligación de realizar la separación de los residuos en la fuente, como apoyo a la política de reciclaje del distrito.

ARTÍCULO TERCERO _:_** Cada entidad del Distrito Capital, facilitará los elementos necesarios para la separación de los residuos, así como de un sitio físico para el almacenamiento temporal de los mismos, el cual deberá cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en la normatividad vigente sobre la materia.

ARTICULO CUARTO _:_** En el ejercicio de las diferentes funciones y procesos asignados a las Entidades Distritales, los servidores públicos deberán promover el uso de materiales reciclados y velar porque los residuos reutilizables sean destinados para soluciones viables para la ciudad.

ARTICULO QUINTO _:_** Para el fomento de la cadena productiva de reciclaje, las Entidades del Distrito podrán entregar el material aprovechable a organizaciones o grupos de recicladores.

Parágrafo. _** En igual sentido, las Entidades Distritales al realizar la baja de archivos, deberán apoyar la actividad de reciclaje. [Ver la Sentencia de la Corte Constitucional T-724 de 2003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11617#0)

ARTICULO SEXTO _:_ El presente acuerdo, rige a partir de su publicación. Dado en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de diciembre del año 2003.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, | FERNANDO LOPEZ GUTIERREZ | CLARA INES PARRA ROJAS ---|--- Presidente | Secretaria General ( E )

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor de Bogotá NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3016 de diciembre 29 de 2003

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