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Acuerdo 99 de 2003

Acuerdo 99 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
99
Año
2003
Fecha
17 de diciembre de 2003
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 99 DE 2003 (Diciembre 17) "Por medio del cual se establece anualmente la jornada nocturna denominada "BOGOTA DESPIERTA" EL CONCEJO DE BOGOTÁ en uso de las atribuciones Constitucionales y legales y en especial las otorgadas por la constitución Política de Colombia en sus artículos 2, 95, 209 y 300 y el decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12, numerales 23 y 7 [Ver el Fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca 0775 de 2003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14789#0). [Proyecto de Acuerdo 038 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=7887)

ACUERDA:

ARTÍCULO 1: [Modificado por el art. 1, Acuerdo Distrital 123 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14143#1). _< El nuevo texto es el siguiente>_ Declárense como jornadas de "Bogotá Despierta" y "Bogotá Trasnochadora", las fechas que se indican a continuación:a. Las noches de los sábados de los fines de semana anteriores a las fechas en que se celebren los días de la madre, del padre y del amor y la amistad, como las jornadas de _Bogotá Trasnochadora_.b. Las noches de los sábados y las madrugadas de los domingos siguientes, del primer fin de semana del mes de julio y del fin de semana inmediatamente anterior a la navidad, como las jornadas de _Bogotá Despierta._PARÁGRAFO: Lo establecido en el presente acuerdo no modifica las disposiciones vigentes en relación con el funcionamiento de establecimientos para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el Distrito Capital._El texto original era el siguiente:_**_ARTÍCULO 1. Declarar la noche del sábado del último fin de semana antes de Navidad, como la jornada denominada "BOGOTÁ DESPIERTA"_

ARTÍCULO 2. [Modificado por el art. 2°, Acuerdo Distrital 123 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14143#2). _< El nuevo texto es el siguiente>_ En las mencionadas jornadas la ciudad de Bogotá continuará activa, brindándole a sus habitantes la oportunidad de disfrutar de todas las opciones comerciales y civiles de que pueden gozar durante el día, más las opciones que sólo depara la noche._El texto original era el siguiente:_** _ARTÍCULO 2. En la mencionada jornada la ciudad de Bogotá continuará activa, brindándole a sus habitantes la oportunidad de disfrutar de todas las opciones comerciales y civiles de que pueden gozar durante el día, más las opciones que solo nos depara la noche._

ARTÍCULO 3. [Modificado por el art. 3°, Acuerdo Distrital 123 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14143#3). _< El nuevo texto es el siguiente>_ Los establecimientos de comercio, de servicios y las empresas que prestan el servicio de transporte público, podrán vincularse voluntariamente a estas jornadas. Del mismo modo, en parques, teatros, salas de cine y otros escenarios, se podrán realizar actividades deportivas y culturales._El texto original era el siguiente:_ _ARTÍCULO 3°. Los establecimientos de comercio y de servicio abrirán sus puertas al público durante la jornada de la " BOGOTÁ DESPIERTA " si a bien lo tienen, e igualmente Transmilenio y el transporte urbano en general prestarán su servicio; así mismo en cada parque, teatros, salas de cine y otros escenarios se podrán realizar presentaciones de grupos folclóricos, musicales, de danza, de teatro y demás manifestaciones culturales.___ARTÍCULO 4 [Modificado por el art. 4°, Acuerdo Distrital 123 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14143#4). _< El nuevo texto es el siguiente>_ El Gobierno Distrital adoptará los mecanismos y tomará las medidas necesarias para garantizar la realización de estas jornadas dentro de las debidas condiciones de seguridad y orden. _El texto original era el siguiente:_ _ARTÍCULO 4°. La Secretaría de Gobierno, el Instituto Distrital de Recreación y deporte "IDRD", el Instituto Distrital de Cultura y Turismo "IDCT" y la policía Metropolitana implementarán los mecanismos y tomarán las medidas necesarias para garantizar la realización de esta jornada dentro de las debidas condiciones de seguridad y orden, realizando cada una la actividad que le es propia.___ARTÍCULO 5 El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de junio del año 2003. PUBLIQUESE Y CUMPLASE. FERNANDO LOPEZ GUTIERREZ Presidente del Concejo ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor de Bogota, D.C. [Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 9 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11614#0) **

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