Decreto 284 de 2004
Decreto 284 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 284
- Año
- 2004
- Fecha
- 10 de septiembre de 2004
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 284 DE 2004 (Septiembre 10) "Por el cual se adoptan las estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional en materia disciplinaria para las entidades distritales a las que es aplicable el Código Disciplinario Único" EL ALCALDE MAYOR ENCARGADO DE BOGOTA, D.C. En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 38 y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y C O N S I D E R A N D O Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 15 define el Sistema de Desarrollo Administrativo como un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros de las entidades de la administración pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional.
Que el artículo 4 literal b) de la Ley 87 de 1993 establece que toda entidad bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar procedimientos para la ejecución de los procesos, como uno de los elementos básicos del sistema de control interno.
Que el Decreto Nacional 1537 de 2001 reglamentó parcialmente la Ley 87 de 1993 señalando en los artículos 1 y 2 la importancia de la identificación de los procesos institucionales y la elaboración, adopción y aplicación de los manuales de procedimientos para el desarrollo racional de la gestión de las entidades y de cada una de sus dependencias.
Que en desarrollo del objetivo de la Gestión Pública Humana que apunta al fortalecimiento de la gestión institucional, haciéndola humana, sostenible y eficaz, para garantizar la materialización y el respeto de los derechos humanos y demás derechos constitucionales y legales, al tenor del artículo 21 del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2004-2008 "BOGOTA SIN INDIFERENCIA", la Secretaría General de la Alcaldía Mayor viene coordinando los Equipos Transversales quienes desarrollan diferentes temas de la gestión pública distrital que apuntan a los propósitos mencionados.
Que en consonancia con las tareas adelantadas en el Equipo Transversal de Control Disciplinario, se encontró la necesidad de desarrollar un manual de procesos y procedimientos y un sistema de información únicos, que se constituyan como elementos de consulta, que permitan la unificación de conceptos y la estandarización de las formas de actuar, que apoye la evolución hacia una administración eficiente y respetuosa del ciudadano y de los recursos públicos e impulse y consolide los procesos de descentralización y mejoramiento institucional.
Que el manual de procesos es un documento que unifica criterios y normaliza los procedimientos de alto impacto contenidos en el Código Disciplinario Unico, estableciendo paso a paso el desarrollo de las actividades que se deben cumplir dentro de una actuación disciplinaria, definiendo el área y los responsables de cada una de las tareas, armonizando los tiempos que se realizan con los términos legales, ofreciendo unos formatos de las actuaciones que deben ejecutarse y contiene un glosario con los principales términos utilizados en materia disciplinaria.
Que el Sistema Distrital de Información Disciplinaria responde a la estructuración de procesos transversales y es una herramienta informática y tecnológica para la aplicación coherente y armónica de las actuaciones administrativas en esa materia; este sistema se diseñó en página WEB de Internet para facilitar el acceso de los usuarios internos y externos permitiendo por un lado, ilustrar a la ciudadanía sobre el control de la función pública y la percepción que tiene sobre su ejercicio y por el otro, consultar y controlar la información disciplinaria que se ingrese al sistema con el objeto de proporcionar instrumentos gerenciales para la gestión y la prevención de comportamientos que afecten la función pública. En mérito de lo expuesto, [Ver la Circular de la Secretaría General 050 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22128#0), [Ver el art. 16, Decreto Distrital 342 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26156#16), [Ver la Circular de la Secretaría General 111 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44945#0) ** D E C R E T A
Artículo 1.
-** La Secretaría General de la Alcaldía Mayor adoptará mediante resolución el "Manual Único de Procesos y Procedimientos Disciplinarios" el cual permitirá a las Oficinas de Control Disciplinario armonizar los criterios jurídicos de interpretación frente al Código Disciplinario Único y la unificación de conceptos generales, de conformidad con las normas legales vigentes. [Ver la Resolución de la Secretaría General 401 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14799#0)
Artículo 2.
-** Adoptar el "Sistema Distrital de Información Disciplinaria" que deberá implementarse por los organismos y entidades distritales a las que es aplicable el Código Disciplinario Único, quienes podrán sugerir los cambios y ajustes que consideren pertinentes de acuerdo a la normatividad vigente.
Parágrafo. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor insertará en la página WEB _www.bogota.gov.co_., el Sistema Distrital de Información Disciplinaria.
Artículo 3.
- La Secretaría General de la Alcaldía Mayor definirá la dependencia que hará la labor de secretaría técnica de las reuniones que se adelanten por las diferentes entidades y organismos distritales, para verificar la efectiva implementación del sistema de información materia del presente decreto. ARTÍCULO 4.-** Una vez esté implementado el presente sistema en los diferentes organismos y entidades distritales se determinará la conformación de la Comisión Distrital de Control Disciplinario como organismo encargado de analizar la información disciplinaria y formular recomendaciones a la alta dirección para la expedición de políticas que ataquen los focos generadores de conductas con incidencia disciplinaria. [Ver la Resolución de la Sec. General 367 de 2007](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28165#0)
Artículo 5.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días de septiembre de 2004 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ENRIQUE BORDA VILLEGAS Alcalde Mayor (e) NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3175 de septiembre 10 de 2004.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…