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Acuerdo 122 de 2004

Acuerdo 122 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
122
Año
2004
Fecha
9 de junio de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 122 DE 2004 (Junio 28) [Reglamentado por el Decreto Distrital 387 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15293#0) "Por el cual se adopta en Bogotá, D.C. el sistema de gestión de la calidad creado por la Ley 872 de 2003" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, las conferidas por el artículo 12 numeral 1° del Decreto 1421 de 1993 y el parágrafo 2° del artículo[2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11232#2)de la Ley 872 de 2003, [Ver Proyecto de Acuerdo 024 de 2004 Concejo de Bogotá D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12689) [Ver el Decreto Nacional 4485 de 2009 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37853#0) A C U E R D A:

Artículo primero.

ADOPCIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD.- Adóptase en las entidades distritales el Sistema de Gestión de la Calidad creado mediante la Ley 872 del 30 de diciembre de 2003, como una herramienta de gestión sistemática y transparente para dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, herramienta que estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades. El sistema de gestión de la calidad adoptará en cada entidad un enfoque basado en los procesos que se surten en el interior de ella y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios de las funciones de la misma, con la finalidad de obtener eficiencia, eficacia, efectividad, economía y celeridad. [Ver la Circular del D.A.F.P. 06 de 2005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17087#0), [Ver la Circular Conjunta de la Secretaría General y la Veeduría Distrital 18 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20514#0), [Ver el Documento de Relatoría 03 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23894#0), [Ver la Circular Conjunta de la Secretaría General 32 de 2008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31150#0), Ver las Directivas de la Secretaría General [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31985#0) de 2008 y [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36776#0) de 2009

Artículo segundo.

El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. ** PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de Junio de dos mil cuatro (2004). BRUNO ALBERTO DIAZ OBREGON Presidente CARLOS ALBERTO SAAVEDRA WALTERO Secretario de Despacho LUIS EDUARDO GARZON Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 3126 de Junio 28 de 2004.

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