Decreto 429 de 2005
Decreto 429 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 429
- Año
- 2005
- Fecha
- 25 de noviembre de 2005
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 429 DE 2005 (Noviembre 25) Por el cual se adiciona el Decreto Distrital [368](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17728#0) de 2005, "Por el cual se convoca a concurso de méritos para proveer de manera definitiva las vacantes de los Curadores Urbanos No. 1 y 4 de Bogotá D. C., se acepta una renuncia y se dictan otras disposiciones relacionadas con la materia EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 9 de la Ley 810 de 2003; 38 del Decreto - Ley 1421 de 1993, Ley 588 de 2000, Decreto Nacional 1347 de 2001, Decreto Nacional 047 de 2002 y,
CONSIDERANDO:
Que el inciso tercero del parágrafo del artículo 1 del Decreto Nacional 1347 de 2001, por el cual se establecen las condiciones y requisitos para la designación de los curadores urbanos, determinó que "Los alcaldes o sus delegados convocarán el concurso de méritos al menos cinco (5) meses antes del vencimiento del período individual para el cual fueron designados los curadores urbanos".
Que dadas las vacantes presentadas en las Curadurías Urbanas No. 1 y 4 de la ciudad, la Administración Distrital, por medio del Decreto Distrital 368 de octubre 4 de 2005, convocó a concurso de méritos para proveer de manera definitiva las vacantes de dichos Curadores Urbanos.
Que dentro de los considerandos de éste Decreto Distrital, se dispuso que para suplir las vacancias no existe lista de elegibles vigente producto del concurso de méritos anterior, con base en el cual se designó a los actuales curadores urbanos de la ciudad, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 588 de 2000 en concordancia con lo establecido por el numeral 8 del artículo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 9 de la Ley 810 de 2003, y por lo tanto se hace necesario conforme al Decreto Nacional 047 de 2002 citado, convocar a concurso de méritos para proveer las vacantes presentadas en las Curadurías Urbanas de Bogotá D.C.
Que se hace necesario adicionar el Decreto Distrital 368 de 2005, en el sentido de indicar que la lista de elegibles que quede como producto del concurso de méritos que se realice para suplir las vacantes señaladas, será igualmente utilizada para suplir las vacantes que se presenten durante su vigencia, dos (2) años contados a partir de su conformación, en cualquiera de las Curadurías Urbanas de Bogotá. En mérito de lo expuesto, [Ver el Decreto Distrital 128 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17728#0) **
DECRETA:
Artículo 1.
La lista de elegibles que quede como producto del concurso de méritos llevado a cabo para suplir las vacantes presentadas en las Curadurías Urbanas No. 1 y 4 de Bogotá, será utilizada para llenar igualmente las vacantes que se produzcan en cualquier Curaduría Urbana de la ciudad, dentro de la vigencia de la lista.
Artículo 2.
La lista de elegibles que se conforme como producto del concurso de méritos señalado en el artículo 1 de este Decreto, tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su conformación.
Artículo 3.
El presente Decreto rige a partir de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto Distrital 368 de octubre 4 de 2005.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C. a los 25 de noviembre de 2005. LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor CARMENZA SALDÍAS BARRENECHE Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital
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