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Decreto 401 de 2005

Decreto 401 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
401
Año
2005
Fecha
31 de octubre de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 401 DE 2005 (Octubre 31) «Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2005 con cargo al Fondo de Compensación Distrital». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, «Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital», establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2o., dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2o. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que la Personería de Bogotá D.C., requiere apropiar y acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento Gastos Generales en el rubro, «Otros Programas y Convenios Institucionales» para la continuación del apoyo técnico en materia de protección y sistematización de los archivos de las Personerías Locales de Chapinero, Engativá, Candelaria, Los Mártires y Teusaquillo.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en el rubro «Prima de Navidad» para atender el pago de las obligaciones requeridas en la presente vigencia. Adicionalmente, el Departamento Administrativo del Servicio Civil, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Gastos Generales en el rubro «Sentencias Judiciales», para el pago de la conciliación prejudicial a favor de César Augusto Brausin Arévalo, en concordancia con la sentencia T-136 del 17 de febrero de 2005, proferida por la Corte Constitucional.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1o.

- Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2005, la suma de Un Mil Doscientos Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Dieciséis Mil Novecientos Noventa y Nueve Pesos ($1.254.716.999) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | | 1.254.716.999 ---|---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | | 3 | GASTOS | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.3 | TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO | | 3.1.3.02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | | 3.1.3.02.01 | Fondo de Compensación Distrital | 1.254.716.999 | | SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS | | _1.254.716.999_ **

CRÉDITOS 102 | PERSONERÍA DE BOGOTÁ D.C. | | 1.200.000.000 ---|---|---|--- 3 | GASTOS | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | | 3.1.1.02 | GASTOS GENERALES | | 3.1.1.02.20 | Programas y Convenios Institucionales | | 3.1.1.02.20.99 | Otros Programas y Convenios Institucionales | 1.200.000.000 | 125 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL | 54.716.999 | 3 | GASTOS | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | | 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES | | 3.1.1.01.13 | Prima de Navidad | 14.716.999 | 3.1.1.02 | GASTOS GENERALES | | 3.1.1.02.07 | Sentencias Judiciales | 40.000.000 | | SUMAN LOS CRÉDITOS | | _1.254.716.999_

Artículo 2o.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días del mes de octubre de dos mil cinco (2005).

LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3429 de octubre 31 de 2005.

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