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Decreto 362 de 2005

Decreto 362 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
362
Año
2005
Fecha
30 de septiembre de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 362 DE 2005 (Septiembre 30) "Por el cual se prorroga la fecha para implementar la reestructuración del Fondo de Ventas Populares" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 38 numeral 3 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Distrital [074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16261#0) del 31 de marzo de 2005, prorrogó el plazo para implementar la reestructuración del Fondo de Ventas Populares por seis (6) meses más a partir del 31 de marzo de 2005, plazo a cumplirse el 30 de septiembre del presente año y derogó el Decreto 441 de 2004.

Que en cumplimiento de lo anterior la Gerencia del Fondo de Ventas Populares adelantó los trámites respectivos para obtener la Certificación de Viabilidad Presupuestal por parte de la Secretaría de Hacienda y el Concepto Técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Que el Decreto Ley 785 del 17 de marzo 2005 estableció el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004.

Que como consecuencia de lo anterior los estudios realizados por el Fondo de Ventas Populares deben ser ajustados a la nueva normatividad en cuanto a niveles, denominación, nomenclatura y requisitos de los cargos.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital emitió concepto No. 2005EE231054 0 1 de fecha 15 de septiembre de 2005 solicitando la presentación de unos documentos, entre otros del concepto previo de viabilidad técnica elaborado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, antes de expedir la viabilidad presupuestal de la modificación de planta de personal del Fondo de Ventas Populares.

Que la Dirección del Departamento Administrativo del Servicio Civil, emitió concepto No. 4044 de fecha 22 de septiembre de 2005 realizando unas recomendaciones antes de la expedición del concepto técnico, las cuales ameritan un estudio serio por parte de las personas encargadas de estos procesos en el Fondo de Ventas Populares.

Que por lo anterior, y en aras de cumplir con los requerimientos realizados por la Secretaría de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil se hace necesario prorrogar la fecha para implementar la reestructuración del Fondo de Ventas Populares. En mérito de lo expuesto, **

DECRETA:

Artículo 1.

- Prorrogar a partir de la fecha de vigencia de este Decreto por el término de tres (3) meses la fecha para que el Fondo de Ventas Populares implemente su reestructuración, teniendo en cuenta las recomendaciones realizadas por la Secretaría de Hacienda Distrital y el Departamento Administrativo del Servicio Civil. Para garantizar lo establecido en el inciso anterior, la Gerencia del Fondo de Ventas Populares, dentro del (1) mes siguiente a la publicación de este Decreto, informará a la Junta Directiva de la entidad, al Despacho del Alcalde Mayor y al Comité Técnico conformado por la Secretaría de Hacienda, el Departamento Administrativo del Servicio Civil y a la Secretaría General sobre el avance de la implementación. ARTÍCULO 2.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto Distrital [074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16261#0) de 2005. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de Septiembre de 2005. LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO Secretario de Gobierno

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