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Decreto 298 de 2005

Decreto 298 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
298
Año
2005
Fecha
1 de septiembre de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 298 DE 2005 (Septiembre 01)[Derogado por el Art. 4, Decreto Distrital 359 de 2018.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79212#4) "Por el cual se modifica el Decreto No.[161 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16708#0)de 2005, en lo que respecta a la participación de los vocales de control de los diferentes Servicios Públicos Domiciliarios" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 27 de la Ley 142 de 1994 y 15 del Decreto Nacional 1429 de 1995 y,

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto Distrital No. 161 de 2005, se dictaron normas para promover la participación ciudadana en relación con la designación de los Vocales de Control como miembros de la Junta Directiva de las Empresas Oficiales de Servicios Públicos del Orden Distrital.

Que uno de los objetivos del Decreto mencionado, es el de favorecer e incrementar la participación ciudadana, en relación con la designación de los Vocales de Control, en las Empresas Oficiales de Servicios Públicos del Orden Distrital.

Que uno de los objetivos del Derecho mencionado, es el de favorecer e incrementar la participación ciudadana, en relación con la designación de los Vocales de Control, en las Empresas Oficiales de Servicios Públicos.

Que en virtud de lo anterior y de acuerdo con las reuniones adelantadas con algunos de los representantes de los vocales de control y las solicitudes radicadas por los ciudadanos, se hace necesario modificar el decreto en el sentido de ampliar el mecanismo de participación- voto- a los demás vocales de control de los diferentes servicios públicos domiciliarios; así como aclarar algunas normas relativas al procedimiento.

Que en mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo primero.

Adiciónase dos parágrafos al artículo primero del Decreto 161 de 2005:

Parágrafo 1. La Convocatoria para la designación de los vocales de control que harán parte de la junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, se realizará a todos los Vocales de Control de los diferentes servicios públicos domiciliarios, inscritos en la Subdirección de Personas Jurídicas de la Secretaría General, los cuales tendrán derecho a elegir pero no a postularse dentro de la lista de vocales interesados, referidos en el numeral 5 del artículo 1 de este Decreto.

Parágrafo 2. Para la designación de cada uno de los vocales de control como miembros de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, se conformará una terna.

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica en lo pertinente el Decreto 161 de 2005.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., al primer (01) día del mes de Septiembre de 2005. LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General

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