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Decreto 285 de 2005

Decreto 285 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
285
Año
2005
Fecha
19 de agosto de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 285 DE 2005 (Agosto 19) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2005 con cargo al Fondo de Compensación Distrital". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que el Concejo de Bogotá D.C., requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en el rubro «Personal Supernumerario»; para la contratación de una secretaría ejecutiva y un auxiliar administrativo.

Que la Secretaría de Hacienda - Fondo Cuenta Concejo de Bogotá, D.C., requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en el rubro «Remuneración Servicios Técnicos»; para la contratación de un grupo de consultores o asesores especializados en cada una de las áreas que requiera de soporte la Mesa Directiva y el Comité de Conciliación de la Corporación.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2005, la suma de Sesenta y Nueve Millones Novecientos Catorce Mil Trescientos Treinta y Seis Pesos ($69.914.336) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | 69.914.336 ---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 3 | GASTOS | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 3.1.3 | TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO | 3.1.3.02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | 3.1.3.02.01 | Fondo de Compensación Distrital | 69.914.336 | SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS | _69.914.336_

CRÉDITOS 100 | CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. | 19.914.336 ---|---|--- 3 | GASTOS | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES | 3.1.1.01.02 | Personal Supernumerario | 19.914.336 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | 04 | FONDO CUENTA CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. | 50.000.000 3 | GASTOS | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES | 3.1.1.01.10 | Remuneración Servicios Técnicos | 50.000.000 | SUMAN LOS CRÉDITOS | _69.914.336_

Artículo 2º.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de agosto de dos mil cinco (2005).

LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3383 de agosto 19 de 2005.

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